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Por qué la Justicia uruguaya definió la restitución de una menor a su presunto abusador

Los peritos no pudieron certificar el abuso, pero sí que presenció violencia doméstica
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02 de octubre de 2017 a las 18:21

La decisión de la jueza de Familia Rossana Pose de ordenar la restitución de una menor de cinco años a España a pedido del padre, generó el rechazo del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) del Ministerio de Desarrollo Social (Mides), el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), y organizaciones feministas. Según denunció la madre, el hombre ejercía violencia doméstica contra ella y abusaba sexualmente de la niña, razón por la que decidió quedarse en el país.

Ahora, mientras se acerca la fecha del traslado, la mujer intenta revertir una sentencia que, según ella, volvería a dejar a su hija en manos de su abusador.

¿Cuáles son los argumentos para la decidir la restitución de la menor?

La jueza se basó en la Ley 18.895 y en la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores de La Haya -a la que tanto Uruguay como España han suscrito- para definir el traslado de la menor. Según esta normativa, la Justicia debe amparar el derecho de "guarda" o de "custodia" y el de "visita" definidos por la Convenio de La Haya, que establece que quienes poseen la patria potestad -tanto la madre como el padre- tienen "el derecho relativo al cuidado de la persona del menor y, en particular, el de decidir sobre su lugar de residencia".

Para la Justicia uruguaya "es un hecho incontrovertido que la niña ha sido retenida ilícitamente" en Uruguay, pues cuando la mujer abandonó España lo hizo con el permiso del padre por un tiempo limitado con el propósito de pasar con la familia de la mujer durante las vacaciones. Sin embargo, según aduce la mujer, cuando surgieron indicios de que la niña era abusada por su padre, decidió no volver a España.

El padre se opuso y presentó un exhorto para la restitución de la menor en la Justicia uruguaya.

Además, como la mujer alegó descubrir el presunto abuso que sufría su hija estando en Uruguay, no existe ninguna denuncia contra el hombre, por lo que mantiene todos sus derechos como padre de la menor.

¿Por qué la Justicia no hizo una excepción teniendo en cuenta la denuncia de abuso sexual?

La defensa de la madre argumentó, basándose en el artículo 15 de la misma ley, que "existe un grave riesgo de que la restitución" de la niña "la exponga a un peligro, físico, psíquico o de cualquier otra manera ponga a la persona en una situación intolerable", basándose en que el padre de la menor abusaba sexualmente de ella, pero la Justicia descartó esa postura. Si bien la pericia psicológica realizada en Uruguay concluye de forma "indubitable" que "la niña ha sido espectadora de situaciones de violencia doméstica y protagonista de conductas inadecuadas y violentas por parte de su padre", no pudo recabar elementos que "indiquen que haya sufrido abuso sexual, aunque no puede descartarlo", según se extrae del texto de la sentencia.

Si bien la defensa de la mujer presentó informes de psicólogos que certifican que hubo abuso, la Justicia desestimó esos documentos por considerar que los profesionales que participaron en su elaboración "carecen de la imparcialidad necesaria".


¿Qué papel tiene la Justicia Española en el caso?

Otro argumento utilizado por la Justicia para facilitar el traslado es que la restitución de la niña a España "no implica la concesión de la tenencia al progenitor de la misma; ni que éste puede visitarla". De hecho, en la sentencia de diciembre, la Justicia le impuso la prohibición de acercarse a menos de 500 metros tanto de la niña como de su madre.

Además, señala que "en cualquier caso deberá ser la Justicia Española quien defina eso, puesto que 'el juez naturalmente competente (...) es el de la residencia habitual' de la menor". Así lo establece el artículo 3 de la Ley 18.895, que señala que "el fondo del asunto" en un caso de restitución internacional, debe llevarse adelante en el lugar de residencia habitual de la niña.


¿Cómo sigue el caso?

Luego de que la jueza de Familia confirmara la restitución de la menor a España -que implica que deberían viajar a ese país en los próximos 15 días- la madre apeló con el argumento de que no existen garantías si regresan a Europa. Sin embargo, la jueza desestimó el planteo y ni siquiera dio vista a un tribunal de apelaciones.

Este lunes presentó un escrito ante la Suprema Corte de Justicia con el objetivo de que se revea la decisión de la magistrada.

Según dijo la defensa de la mujer a El Observador, una razón para que el juicio se vuelva a hacer es que la menor no fue "correctamente defendida", y acusaron al abogado que se le asignó a la niña de acordar con los representantes del padre.

¿Cuál es la versión del padre?

Consultado por Telemundo, el padre de la niña dijo que cumplirá con las medidas de restricción. "Mi hija va a estar bien protegida, va a estar con psicólogos, y no me voy a acercar a ella", agregó.

"Tengo una idea clara de por qué me acusa (...) creo que es lo que le recomendaron los abogados, porque los malos tratos son la única forma de que no se haga la restitución".

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