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Rezongo y pico: Jutep redactará informe con cuestionamientos al TCA y ASSE

También analizará casos concretos como el del Tribunal de lo Contencioso Administrativo
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15 de febrero de 2018 a las 05:00
Los últimos casos conocidos de contrataciones de familiares directos de jerarcas en oficinas públicas apura a la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) a emitir una declaración sobre a quiénes pueden emplear y a quiénes no los jerarcas de organismos públicos.

A pesar de que existe un decreto del año 2003 que en uno de sus artículos establece en qué situaciones de parentescose prohiben las contrataciones, el organismo considera que se deben aclarar ciertos puntos. Por ese motivo, el miércoles 21 en la próxima reunión de la Jutep, está previsto que este tema sea tratado con urgencia.

La idea es que primero se realice una declaración en forma general, sin mencionar casos concretos, y que en próximos encuentros de los jerarcas del organismo sí se comiencen a analizar organismos puntuales.

"Creo que, como está la situación, algo tendremos que sacar rápidamente, más allá de que después sigamos avanzando", dijo a El Observador el presidente de la Jutep, Ricardo Gil Iribarne.
En la misma línea, el vicepresidente de ese organismo, Daniel Borrelli, manifestó que la Jutep tiene que dejar claro que se están cometiendo violaciones a un decreto firmado por el presidente Jorge Batlle hace casi 15 años y que regula ese tipo de situaciones.


En la reunión del próximo miércoles, Borrelli planteará que en las siguientes sesiones se analice con urgencia el caso del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) y de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE). El vicepresidente de ASSE, Mauricio Ardus, había contratado a la novia de su hijo. El caso será abordado peses a que el presidente Tabaré Vázquez removió al directorio del organismo.


En el caso de la hija de Gómez se trató de un pase en comisión por ser funcionaria del Poder Judicial. Para Borrelli, a priori esa situación parece ser "muy grave". De todos modos, para tener una opinión fundada propondrá que se pida información detallada a ese organismo descentralizado del Estado. El vicepresidente de la Jutep se enteró de esas contrataciones luego de que El Observador lo informara este miércoles.

El artículo 35 del decreto 30 del 2003 no permite "la actuación dentro de la misma repartición u oficina del funcionario que se halle vinculado con su jerarca por lazos de parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad (hermanos, abuelos y nietos, padres políticos y cónyuge de la hija o hijo) o por ser su cónyuge", y en esta situación cayeron los tres ministros del TCA y el intendente blanco de Artigas, Pablo Caram, quien designó a su sobrina, sus primos y su pareja para que ocupen distintos cargos directivos en su comuna. La norma agrega que la autoridad competente deberá disponer los traslados necesarios, sin que se perjudique la categoría de la persona que debe ser reubicada.

"Queremos plantear que estas cosas suceden y están mal" Ricardo Gil Iribarne, presidente de la Jutep

En ese sentido, el presidente de la Jutep, fue firme al decir que lo que se quiere transmitir desde el organismo es "que estas cosas, que no deberían estar pasando, suceden y están mal" "Son un problema y está bien que la gente las rechace", aseguró Gil. El decreto 30, relativo a las normas de conducta de los funcionarios públicos surge a partir de la reglamentación de la ley sobre los funcionarios públicos.

Esa ley es producto, a su vez, de lo establecido por el artículo 59 de la Constitución que indica un principio básico para cualquier trabajador del Estado: "El funcionario existe para la función y no la función para el funcionario".

Quién controla al TCA

Como organismo independiente de los poderes del Estado, el TCA tiene total autonomía. De todos modos, ante cualquier presunta irregularidad en organismos del Estado o ante dudas sobre estos asuntos, cualquier legislador tiene la potestad de pedir "los datos e informes que estime necesarios para llenar su cometido".

"El pedido se hará por escrito y por intermedio del presidente de la Cámara respectiva, el que lo trasmitirá de inmediato al órgano que corresponda", indica el artículo 118 de la Constitución, que hace referencia tanto al TCA como a los ministros, a la Suprema Corte de Justicia, a la Corte Electoral y al Tribunal de Cuentas.

En el caso del TCA y del Poder Judicial, no se puede pedir información sobre "lo relacionado con la materia y competencia jurisdiccionales". Por ejemplo, no lo puede hacer sobre una sentencia que está por ser dictada.

El constitucionalista Ruben Correa Freitas explicó a El Observador que en el caso de que se quiera destituir a algún miembro de organismos como el TCA, la única manera de hacerlo es a través de un juicio político, como sucede con diputados, senadores y con el propio Presidente de la República.

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