Nacional > PARLAMENTO

Un debate pa'l que se fue: los argumentos a favor y en contra del voto en el exterior

El proyecto aprobado este martes es el noveno intento del FA por habilitar el voto a distancia de la diáspora uruguaya
Tiempo de lectura: -'
08 de agosto de 2018 a las 05:00
Es una de las piedras en el zapato de la era frenteamplista. Aunque desde 2005 la izquierda goza de mayoría en el Parlamento, eso no le ha alcanzado para consumar un viejo anhelo: el voto de los uruguayos en el exterior. La aprobación este martes supuso un nuevo episodio (el noveno) en una larga serie de intentos del Frente Amplio (FA) por darle voto a los que no se olvidan del pago pero no tienen recursos como para viajar y sufragar en el país.

Ya antes de llegar al gobierno, el Frente había presentado seis iniciativas distintas para lograr lo que aún hoy lucha por aprobar. De 1985 al año 2000, fueron tres los proyectos de ley presentados por la izquierda. En noviembre de 2000, el FA presentó un proyecto de ley para habilitar el voto de los uruguayos en el exterior, pero la iniciativa naufragó en el Parlamento. Cuatro años más tarde, el senador socialista José Korzeniak planteó una propuesta de reforma constitucional, apelando al artículo 331 de la Constitución, pero su moción tampoco caminó. También en 2004, el diputado Carlos Pita anunció que iniciaría una campaña de recolección de firmas para llamar a un referéndum y habilitar el voto epistolar, pero naufragó en su intento.

Cuando el FA llegó al poder en 2005, las propuestas para instrumentar el sufragio fuera de fronteras volvieron a tomar impulso, pero el resultado siguió siendo el mismo.

El 1° de marzo de 2005, cuando Tabaré Vázquez se cruzó en el pecho la banda presidencial, no se olvidó de los uruguayos de afuera. "A nuestros compatriotas que viven en el exterior, porque la patria peregrina es peregrina, pero sobre todo es patria", afirmó. Ese año, la bancada oficialista presentó un nuevo proyecto de ley, pero tras dos años negociando con la oposición, no se alcanzaron los votos necesarios.

En 2009, el FA apeló a otro mecanismo para llamar a consulta popular e impulsó el plebiscito a través del apoyo de al menos dos tercios de la Asamblea General. El 1° de abril de 2009, los 69 legisladores del FA apoyaron el llamado a consulta, que se realizaría el 25 de octubre de ese año, junto a las elecciones nacionales. En esa instancia los uruguayos tenían dos opciones: poner en la urna la papeleta del Sí o llamarse a silencio. Solo 37% de los votantes apoyó el proyecto que permitía "el voto epistolar (por correspondencia)" y facultaba a la Corte Electoral a "instrumentar otros mecanismos", según el texto que figuraba en la propuesta.

El fracaso de la reforma significó un trago amargo para el oficialismo y a partir de allí comenzó a estudiar posibles vías alternativas para habilitar el voto en el exterior. Al inicio del gobierno de José Mujica, Cancillería se puso al hombro un proyecto para instrumentarlo, pero luego lo delegó a la fuerza política. Los esfuerzos se dilataron y cuando Vázquez volvió a la presidencia, el tema se incluyó en la agenda de trabajo y la bancada parlamentaria recogió el guante. La serie continúa.

Los dos debates

Durante la discusión de este martes en el Senado afloraron dos debates diferentes: por un lado, si hay que habilitar o no el voto en el exterior; por otro, si el mecanismo impulsado por el Frente Amplio es el correcto (y constitucional).

¿Hay que habilitar el voto en el exterior?



  • Los argumentos para el sí

La igualdad es uno de los argumentos centrales entre los que defienden el voto en el exterior. Según afirman, hoy en día no hay nada que prohíba el voto de los uruguayos que viven fuera de fronteras, siempre y cuando puedan acceder a viajar hasta el territorio nacional. De esta forma –sostienen los que se afilian a esta tesis– se genera una inequidad, ya que el derecho al voto estaría discriminando entre condiciones socioeconómicas.

Por otra parte, señalan que los uruguayos que viven fuera del país igual mantienen sus lazos con su tierra natal, en algunos casos pagando remesas o impuestos.

Asimismo, sostienen que el plebiscito del 2009 –que no obtuvo los votos suficientes para prosperar– puso en consideración un mecanismo en particular (el voto epistolar) pero no supuso un rechazo de la ciudadanía al sufragio fuera de fronteras.

Otro argumento de peso es que los países más desarrollados habilitan el voto en el exterior y que los organismos de derecho internacional instan a los estados a hacerlo.

  • Los argumentos para el no

Que voten los que luego "sufrirán" las consecuencias de su voto. Ese es uno de los argumentos más fuertes entre los que rechazan el sufragio de los no residentes. Esa tesis sugiere que quienes viven en el exterior no tienen "nada que perder" y que tampoco tienen las mismas obligaciones que los residentes.

Por otra parte, entre los detractores del voto en el exterior se suele hacer hincapié en que la ciudadanía se expresó contrariamente hace muy poco. En 2009 se plebiscitó una reforma para permitir el voto epistolar (y habilitar a la Corte Electoral a instrumentar otros mecanismos), pero solo obtuvo un 37% de los votos.

También se pone en cuestión el aspecto instrumental del voto en el exterior. Siendo el sufragio obligatorio en Uruguay, los no residentes habrán de ser multados en caso de no votar. Además, las asimetrías entre la población uruguaya en distintos países genera dificultades para imponer un solo mecanismo.

¿Es correcto el mecanismo impulsado por el FA?



  • Los argumentos para el sí

El oficialismo defiende el artículo interpretativo bajo el supuesto de que la Constitución ya ampara el derecho a votar de los Uruguayos que residen fuera del país. Según el FA, la única razón para no poder votar es tener la ciudadanía suspendida y el hecho de vivir fuera de Uruguay no es causal de ello.

La bancada del Frente Amplio insistió durante el debate en que la ley sometida a votación "simplemente" explicita un derecho ya consagrado y delega su instrumentación a una comisión cuyo dictamen deberá ser refrendado por dos tercios de ambas cámaras.

Asimismo, el oficialismo argumenta que es "legítimo" que existan diversas lecturas respecto a si la Constitución avala o no el voto en el exterior, y que por ello es competencia del Parlamento hacer una ley interpretativa.

  • Los argumentos para el no

La oposición –así como buena parte de la academia– entiende que la ley interpreta algo que la Constitución nunca dice. Eso implicaría estar reformando la Carta Magna sin las mayorías previstas para ello.

Según esta tesis, la Constitución –para bien o para mal– exige en su artículo 81° (uno de los dos que la ley pretende interpretar) que los uruguayos se "avecinen" al país para poder ejercer el voto. Para permitir el sufragio a distancia, sostienen, es necesario reformar la Constitución.

Aunque el oficialismo asegura que la ley solo crea una comisión que luego determinará las formas de instrumentar el voto (requiriendo dos tercios), la oposición cuestiona la necesidad de incluir también un artículo interpretando que ese derecho ya está consagrado.

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...