El Poder Ejecutivo aprobó un decreto que establece un régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores de la fruticultura, horticultura, viticultura, avicultura y viveros de las empresas que fueron afectadas por el temporal del 24 de enero pasado.
El régimen amparará durante 12 meses la desocupación por causal de suspensión parcial. Los trabajadores deberán presentarse en un plazo de 30 días luego de la publicación del decreto para habilitar el beneficio desde la configuración de la causal.
El régimen aprobado comprenderá solamente a los trabajadores que a causa del temporal del 24 de enero vieron reducida la cantidad de jornadas de labor en cuatro días al mes, como mínimo, y ocho días como máximo.
Para acceder al beneficio deberá haberse computado nueve meses de trabajo, continuos o discontinuos, o 225 jornales para una o varias empresas en los 30 meses inmediatamente anteriores a la configuración de la causal. En el caso de trabajadores con remuneración variable, además, deberá haberse percibido, por lo menos, el equivalente a nueve Bases de Prestaciones y Contribuciones durante el referido lapso.
Quienes por incorporarse a una empresa no comprendida en lo establecido en el artículo 1 del decreto y dejaren de percibir el subsidio especial mencionado, podrán al cesar dicha actividad, retornar al goce del referido subsidio por el saldo que reste hasta agotar el máximo previsto.
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