Economía y Empresas > DECRETO

Gobierno sorprendió a empresas con cambios en cálculo impositivo

A un día de cerrar balances, el grueso de las empresas aumentará su carga impositiva
Tiempo de lectura: -'
31 de diciembre de 2015 a las 05:00
Cuando se juegan los descuentos del año, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dio a conocer un decreto que fue recibido con sorpresa y que provocará que el grueso de las empresas paguen más por concepto de Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) de lo que venían haciendo.

Aparecido el penúltimo día del año, el decreto 359/015 trae a la vida una facultad aparecida en el marco de la reforma tributaria de 2007, que permite al Poder Ejecutivo eliminar el ajuste en la liquidación de IRAE por inflación, siempre que esta se encuentre por debajo del 10%. Hasta ahora no se había recurrido a ella.

Cuánto pega esta modificación depende de la composición del patrimonio de cada empresa. Cuando posee más activos que pasivos, este ajuste por inflación le habilitaba bajar el pago de sus impuestos. Si los pasivos eran más grandes, en cambio, le generaba una mayor tributación.

Este nuevo decreto, entonces, suprime este ajuste fiscal por inflación, en caso de que la inflación no trepe al 10%.

Recalculando

Los expertos consultados por El Observador coincidieron en una palabra: sorpresa. Recién a comienzos de esta semana algunos empezaron a oír rumores que hablaban de esta posible modificación. También llamó la atención el momento del año que se eligió para introducir esto. "No lo esperaba nadie", dijo uno de ellos.

"Lo recibimos con un poco de sorpresa por la fecha del año, por el efecto que podría tener sobre las liquidaciones de impuestos de ejercicios que cierran el 31 de diciembre de 2015", dijo la directora del área de asesoramiento legal tributario de PwC, Eliana Sartori.

En tanto, el encargado del Departamento Tributario de CPA Ferrere, Javier Metre, manifestó que las empresas cuyos balances cierran hoy ya tenían previsto pagar una determinada suma de IRAE, la que fruto de esto se tendrá que recalcular.

"Un cambio de este tipo –que en algunos casos es muy significativo– incide sin duda en decisiones que a esta altura del año las empresas ya probablemente tengan tomadas, e inclusive algunas ejecutadas", agregó Metre.

Pese a que la ley dispone que el Poder Ejecutivo podía recurrir a esto, Sartori añadió, "puede ser un poco oportunista hacer uso de esa facultad ahora". Recordó, asimismo, que "este año aprietan un poco más las cuentas fiscales".

Fernando Muxí, socio de Asesoramiento Tributario de BDO, comentó que detrás de esta medida hay "una necesidad de recaudación y se van haciendo pequeños ajustes a los impuestos vigentes, que en definitiva generan más ingresos".

De hecho, durante la presentación del equipo económico en el Foro ACDE en junio de este año, se había señalado que la recaudación de la Dirección General Impositiva (DGI) se había desacelerado en el último año, de la mano de un crecimiento menos pronunciado del Producto Interno Bruto (PIB).

En 2014, la recaudación de IRAE había ascendido a US$ 1.254 millones, según datos de la DGI.

Sartori sostuvo que "se quiere hacer ejercicio de esa facultad para que el IRAE que recaude el fisco este año supere el que hubiera recibido si no se hubiera ejercido esa facultad que le da la ley".

A pesar de que no hay una estimación de cuánto podría aumentar la recaudación de IRAE por este cambio –El Observador intentó comunicarse con diferentes autoridades, sin éxito– un actor del sector privado indicó que tomando una muestra de 10 empresas que cierran sus balances hoy, observó US$ 500 mil más por este impuesto en siete de ellas.

Más perdedores que ganadores

Si bien se entiende que este cambio generará ganadores y perdedores, los expertos entienden que los primeros serán los menos.

"La situación que estuve analizando es que a la mayoría (de las empresas) les da una situación de perjuicio", sostuvo el socio contador del estudio Guyer & Regules, Federico Camy. Esto, explicó, se da porque es "más común" que las firmas tengan una posición activa: que el valor de sus activos sea mayores que el de sus obligaciones.

Los bancos, ejemplificó, tienen una pérdida por inflación "enorme" por su actividad. "Les pega fuerte", dijo Camy en relación a este cambio. Además, este tipo de organizaciones está obligada a cerrar sus balances en diciembre, por lo que verán el efecto de manera inmediata.

Sartori coincidió: "Los bancos tienen importantes activos locales en pesos, y por lo tanto están expuestos a la inflación". En la vereda de enfrente ubicó a las empresas agropecuarias, que cierren en junio, por lo que se verán menos afectadas, agregó.

Qué índice de precios se debe tener en cuenta

De acuerdo a contactos informales entre el MEF y actores privados, la interpretación del gobierno es que el índice al que deberá referirse el contribuyente para determinar si debe o no realizar el ajuste por inflación es el Índice de Precios al Productor de Productos Nacionales (IPPN), según pudo saber El Observador.

De todas maneras, la ley de Presupuesto –en su artículo 713– introdujo una modificación por la cual de enero en adelante se va a tener que mirar el Índice de Precios al Consumo (IPC) y no más el IPPN. De esta manera, solamente para el balance de diciembre se tendrá en cuenta el IPPN, que cerró ayer, a 6,6% (12 meses cerrados a diciembre). El dato final de IPC, en tanto, se conocerá la semana que viene, pero el último dato del INE lo situó en 9,5%.

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...