La Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) recomendó a la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicaciones (Ursec) analizar "la adopción de las medidas sancionatorias que corresponden" contra la empresa Tenfield por no liberar a una señal abierta los próximos partidos de la selección uruguaya de fútbol, en el marco de la Eliminatoria para el Mundial de Rusia del año 2018.
Uruguay jugará mañana como visitante ante Ecuador y el próximo martes recibirá a Chile en el estadio Centenario, partidos que serán emitidos únicamente por las señales de cable.
El mes pasado, en ocasión de los partidos de la selección ante Bolivia y Colombia, la Inddhh pidió al Estado la adopción de las medidas "necesarias" para que el segundo encuentro se emitiera por televisión abierta y le solicitó a la empresa Tenfield –propietaria de los derechos a nivel local– que habilitara la transmisión libre, cosa que finalmente no ocurrió.
La Inddhh entiende que la no emisión de los partidos de Uruguay por televisión de aire representa una violación a la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA, conocida como ley de medios) que en sus artículos 38, 39 y 40, establece que ese tipo de eventos deportivos son de "interés general" y por ese motivo "deberán ser emitidos a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto y en directo y simultáneo". La norma señala que refiere a "instancias definitorias de torneos internacionales y en instancias clasificatorias para los mismos".
La Inddhh, en la resolución emitida ayer, considera que se incumplió la medida "provisional urgente dictada" el 13 octubre y eso "no hizo cesar la violación de un derecho reconocido legalmente, el que continúa vigente".
Por ese motivo, la Ursec "tiene que ejercer la competencia de defensa de los usuarios de servicios de televisión abierta", dice la Inddhh. El Directorio de la Ursec comenzará a estudiar mañana el alcance de la resolución y si amerita o no evaluar posibles sanciones contra Tenfield, según comentó a El Observador una fuente de ese organismo.
De acuerdo con lo que prevé la ley de SCA, las sanciones ante incumplimientos a la norma van desde apercibimientos, multas y llegan, en casos considerados muy graves, hasta la suspensión de la actividad por hasta 90 días.
En Tenfield consideran que la empresa no está violando la norma y aseguran que "la ley no dice lo que en la Institución de Derechos Humanos pretenden que diga", dijo una fuente de la empresa a El Observador .
El informante indicó que la ley habla de partidos que sean definitorios y entienden que ni el de mañana ni el del martes, por la cuarta y la quinta fecha de la Eliminatoria, lo son.
La denuncia contra Tenfield por una supuesta violación de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual fue presentada por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo), el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur) y la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU). Los artículos en los que se basa el planteo son objeto de análisis por parte de la Suprema Corte de Justicia, debido a que más de 20 medios de comunicación presentaron recursos de inconstitucionalidad. El fallo del máximo órgano judicial se conocerá a comienzos de 2016.
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