Bosque nativo en Rivera, Uruguay.

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Beneficios y posibles sanciones a quien tenga bosque nativo en su predio

Quienes posean bosque nativo en su predio pueden registrarlo para beneficiarse y, además, evitar sanciones, según informa en su sitio en Internet el MGAP
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25 de octubre de 2023 a las 14:11

Quienes posean bosque nativo en su predio pueden registrarlo para beneficiarse y, además, evitar sanciones, según informa en su sitio en Internet el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP).

En Uruguay la ley forestal N° 15.939 prohíbe la corta y cualquier operación que atente contra el bosque nativo, con la excepción de la limpieza de alambrados perimetrales o cuando el propietario del bosque presente un plan de manejo ante la Dirección General Forestal (DGF), para su estudio y aprobación.

Para ello existen instructivos (de registro y de planes de manejo de bosque nativo) en los cuales se detalla la información que el técnico debe de proporcionar a esa dirección ministerial (ver los detalles más adelante).

En el Manual de Manejo de Bosque Nativo en Uruguay se informa que el bosque uruguayo se extiende en aquellas zonas que ofrecen condiciones favorables (en general zonas donde encuentra humedad más constante, mejor profundidad de arraigamiento).

El bosque nativo alberga una alta cantidad de especies, tratándose de una fuente relevante de la diversidad biológica por lo que el país se ha comprometido a asegurar su conservación.

Se han identificado 120 especies arbóreas y 140 especies arbustivas en su composición botánica además de 115 especies de helechos. De las 458 especies de aves identificadas en Uruguay, 232 se encuentran muy relacionadas al bosque. De la misma forma, el 50% de los mamíferos descriptos en el país se desarrollan en un hábitat de bosque nativo. Se han identificado 455 especies, definidas como prioritarias para la conservación, que se encuentran estrechamente vinculadas al monte nativo (Mvotma 2010).

Ocurre una marcada diferenciación en la composición florística entre el norte y sur del país, con zonificación micro climática en el perfil, fragmentación en el territorio (presente en cursos de agua, quebradas, a lo largo y ancho del país), predominio de bosques secundarios y diversos grados de degradación por invasión de exóticas, sobrepastoreo, entre otros (Escudero, 2004).

En países como Uruguay, donde la economía depende fundamentalmente de los recursos naturales, es necesario conservar y manejar la biodiversidad prudentemente (Brazeiro, 2015).

El bosque nativo es un ecosistema biodiverso, que se presenta asociado a los biomas pampa y chaco y cubre aproximadamente un 5,2 % de la superficie agropecuaria del país, casi 850.000 hectáreas con tendencia al aumento.

Además de brindar servicios ecosistémicos, el bosque es una fuente tradicional de productos y servicios de valor económico, y de formas de vida de subsistencia, de recreación y turismo.

Bosque nativo en Rivera, Uruguay.

Lo que hay que tener en cuenta

Para registrar el bosque nativo que existe dentro de una propiedad se deberán seguir los siguientes pasos:

  • Realizar la evaluación con un ingeniero agrónomo o con un técnico forestal egresado de la UTU.
  • Solicitar el registro ante la DGF (Guía para Registro de Bosque Nativo).

El registro del bosque nativo otorga al productor beneficios tributarios en: Contribución Inmobiliaria, Impuesto a Primaria, Impuesto al Patrimonio, Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y Banco de Previsión Social (BPS).

Para recibir la autorización para realizar manejo del bosque nativo y extracción de leña, se deberá:

  • Presentar la solicitud específica de corta ante la DGF.
  • Actuar según la resolución de la DGF ante esa solicitud.

El incumplimiento de la ley y/o la de corta fuera de lo autorizado por resolución de la DGF genera sanciones y multas, se advierte.

Además, para transportar productos maderables provenientes del bosque nativo se deberá:

  • Portar la guía de tránsito correspondiente (Guías de tránsito para productos del Bosque Nativo).

Finalmente, para tener o comercializar productos maderables provenientes del bosque nativo se deberá:

  • Realizar el registro ante la DGF (Solicitud de registro de intermediarios de productos del Bosque Nativo).
  • Realizar la declaración jurada de existencias (Declaración jurada de existencias y comercialización de productos forestales del bosque nativo).

 

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