La ley de Presupuesto, que ingresó el lunes 31 a la Cámara de Diputados, incluye en uno de los artículos la habilitación al Banco de Previsión Social (BPS) a adquirir viviendas construidas por privados para jubilados y pensionistas.
Hasta ahora, los inmuebles para los pasivos los construye (bajo comodato) únicamente el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT), que continuará con esta función. El artículo 434 establece que las políticas "de soluciones habitacionales" para jubilados y pensionistas estarán a cargo del BPS y del MVOT, que trabajarán de forma coordinada. A su vez, ese artículo le da la opción al BPS de construir viviendas o adquirirlas de terceros.
Ese artículo aun no se reglamentó, pero la idea de BPS es comprar las viviendas promovidas construidas por promotores privados, informó a El Observador el gerente de la Asociación de Promotores Privados de la Construcción del Uruguay, Aníbal Durán.
De 2011 a la actualidad los promotores privados llevan 18 mil viviendas construidas o en construcción. Las construcciones del MVOT se seguirán realizando, pero este artículo propone otra alternativa para que el BPS lleve adelante esta política de solución habitacional para los jubilados más vulnerables.
Para ser adjudicatarios de una vivienda, los titulares deben estar inscriptos en el BPS y percibir un ingreso económico que no supere al equivalente de 12 unidades reajustables (UR), alrededor de $ 15.400; también pueden acceder los pensionistas de sobrevivencia. Tras el análisis de cada caso, se define una lista de prelación. El BPS entrega el derecho de uso y goce del inmueble
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