La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha actualizado los montos a partir de los cuales se requerirá la identificación de los compradores de bienes, según informó el Blog del Contador.
Desde el 15 de enero de 2024, se establece que se deben identificar a los consumidores finales cuando se emitan tickets o facturas, y los montos actualizados son los siguientes:
Estos montos representan un aumento significativo con respecto a los anteriores ($92.720 y $46.360, respectivamente). La actualización se aplica cuando el importe de la operación sea igual o superior a los montos mencionados.
Cuando el receptor de la factura sea un consumidor final, deberán detallarse ciertos datos, como apellido y nombre, domicilio, CUIT/CUIL/CDI, y número de documento de identidad. Además, el sistema "Comprobantes en Línea" considera que la operación fue realizada a través de medios electrónicos cuando se marca una de las opciones de pago específicas.
Es importante señalar que la identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual o superior a $95.812 y no se haya efectuado por algún medio de pago electrónico autorizado. Sin embargo, se exceptuará de identificar al cliente cuando la operación sea igual o menor a $95.812 y el pago se realice por algún medio electrónico autorizado, en el caso de operaciones efectuadas por responsables inscriptos cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista.
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