Susana Giménez enfrenta una denuncia penal

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La respuesta de la defensa de Susana Giménez ante la denuncia de evasión fiscal en su contra

El contador y abogado de la diva argentina aseguró que "no hay delito" en el accionar de la artista ante la AFIP
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30 de agosto de 2022 a las 16:53

Susana Giménez enfrenta por estas horas una denuncia penal por su rendición fiscal. La agencia impositiva argentina, la AFIP, le reclama una deuda de 50 millones de pesos argentinos (unos US$ 360.000) y la acusó de evadir impuestos.

Como informó El Observador, la denuncia penal es por negarse a presentar la Declaración Jurada de Bienes Personales del año 2019, paso previo indispensable para pagar dicho impuesto, y el pasado jueves presentó la denuncia formal ante la justicia.

Acá no hubo ningún engaño. Se trata de la judicialización de un impuesto que es confiscatorio y que afecta el derecho de propiedad protegido por la Constitución Nacional. Desde nuestro punto de vista no existe delito, no existe dolo. Pero además la Corte Suprema ya tiene dicho que cuando un impuesto es confiscatorio, afecta el derecho de propiedad. Y eso es lo que ocurrió en este caso”, dijo a Infobae el contador y abogado de Susana Giménez, Cesar Litvin.

El abogado además explicó al medio argentino que “el impuesto Bienes Personales de 2019 fue presentado fuera de término porque vencía en plena pandemia y Susana estaba cambiando de domicilio fiscal”.

Litvin precisó que se trató de "una demora" y no de una evasión intencionada. “La AFIP hizo una denuncia penal porque entendió que la falta de presentación en término era un engaño, cosa que es un absurdo, un disparate, porque la falta de presentación de la declaración jurada no genera ningún tipo de ocultamiento. Tengamos en cuenta que era la pandemia y era difícil recolectar la información. Fue una demora. Entender que eso fue engaño es un absurdo”.

También sostuvo que ese impuesto sobre el patrimonio de Susana “tenía un efecto groseramente confiscatoria porque absorbía el 126.22 por ciento de la renta".

"La Corte ya tiene dicho que cuando un impuesto absorbe una parte sustancial de la renta afecta el derecho de propiedad. En este caso absorbía toda la renta y ‘mordía’ una parte de capital con lo cual se daba perfectamente el test de confiscatoriedad. Esa cuestión está siendo litigada en el Tribunal Fiscal de la Nación. Hay muchos casos ha sucedido esto con Bienes Personales, con la modificación que se hizo en 2019, que elevó la alícuota”. Según explicó, aquí “el impuesto es mayor de la renta. Si permanece un impuesto de estas características, en estos años desaparece el capital”.

El representante legal señaló que, en muchas ocasiones, la AFIP hace denuncias que los jueces finalmente desestiman porque no incurren en delitos.

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