En la Ley de Rendición de Cuentas se incluyó un nuevo beneficio para embarazadas y sus parejas, ya sean cónyuges o concubinos. Mediante la ley 20.129, en Uruguay las embarazadas tienen derecho a ausentarse de su trabajo para acudir al médico a realizarse controles prenatales, pero ahora, además, las horas de esa ausencia se computan como horas trabajadas y las empresas no pueden descontarlas del salario.
Mercedes Nin, socia de Bragard Abogados, explicó a Café & Negocios que este cambio en la ley "es más inclusivo", porque no solo incluye a la mujer embarazada, sino también a su pareja, es decir, a su marido o esposa, a su cónyuge o a su concubino, lo que permite que la mujer esté acompañada al momento de los estudios médicos, sin tener afectaciones a nivel laboral.
El beneficio se hace extensible a la pareja de la embarazada, aunque en algunos casos esto es difícil de acreditar, comentó. "Si sos cónyuge, y si bien la ley no lo especifica, lo puedes acreditar con una partida de matrimonio, pero si sos concubino o pareja es un poco más compleja su acreditación", dijo, y explicó que la ley no prevé esos casos.
Tanto para empleadores como para empleados, la abogada recomendó confiar. "Es un tema de confianza. En una empresa que tiene pocos trabajadores uno está más familiarizado y conoce más de la vida íntima de los trabajadores. pero en las empresas grandes es más difícil. Hay analizar caso a caso", mencionó.
"Antes uno podía solicitar ausentarse, pero quedaba a discreción del empleador la potestad de descontarlo o no del salario. Ahora, en base a esta nueva ley, no puede ser descontado siempre y cuando quien solicita ausentarse cumpla con los requisitos establecidos en el texto normativo", comentó la abogada. Destacó que más allá de la ley, en algunos convenios colectivos ya estaba previsto el referido beneficio, por lo que en la ley se resalta que si ese acuerdo colectivo ya existente era más beneficio para la trabajadora, deberá prevalecer este último.
Tanto la embarazada, como su pareja, tienen un máximo de cuatro horas al mes para ausentarse por estudios prenatales, período de tiempo que se puede aumentar si un doctor considera que la mujer necesita la realización de más estudios.
Para poder salir del trabajo para el control médico, y no perder dinero de su salario, la embarazada debe dar aviso en la empresa 48 horas antes del estudio, así como su pareja, si elije tomarse las horas para poder acompañarla.
En cada caso, cada vez que se hace uso de ese tiempo se debe justificar ante la empresa con un certificado médico que acredite el referido control.
El referido certificado médico debe contar con cierta información la cual luce detallada en la ley.
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