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Suprema Corte declaró inconstitucional sistema de ascensos de los jueces

"El Poder Legislativo está disponiendo, diseñando y reglamentando una carrera judicial que no le corresponde", indica el fallo
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21 de julio de 2022 a las 11:38

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inconstitucional la reforma de la carrera judicial decretada en 2019, en la que se establece un sistema de concurso y calificación para ascender en los cargos jurídicos, informó Búsqueda. La sentencia asegura que hay una intromisión en el accionar de la Suprema Corte por parte del Poder Legislativo que "está disponiendo, diseñando y reglamentando una carrera judicial que no le corresponde, sino que es atribución constitucional y privativa de la Suprema Corte de Justicia; limitando, restringiendo las potestades que ésta posee para regular y reglamentar en la materia".

"La potestad que la Constitución otorga a la SCJ para designar y ascender jueces no puede ser reducida", indica la sentencia de la Corte, conformada por ministros del Tribunal de Apelaciones, a la que accedió El Observador.

El fallo de la Corte, integrada para estudiar este caso por los jueces Claudia Kelland, Álvaro Messere, Edgardo Ettlin, Loreley Pera y Alicia Álvarez, argumenta que los artículos 1, 2, 3, 6, 7, 8 y 10 de la Ley N° 19.830 de 2019, que modificaron la Ley N° 15.750 de la Judicatura y Organización de los Tribunales, invaden la "soberanía" de la SCJ a la hora de designar jueces, luego de una denuncia presentada por la Corte en 2019.

Los artículos 6, 7 y 8 regulan los ascensos de los jueces. El primero marca distintas abstenciones que deben tener los magistrados, como "expresar y aun insinuar su juicio" sobre casos en los que trabajan, divulgar información reservada o de tener comportamientos que pongan en duda su imparcialidad. El segundo marca un período de calificación de un año para los magistrados, y el tercero indica que la Corte "establecerá el orden de los ascensos" de acuerdo a las bases de los dos artículos anteriores.

"Es necesario que el mismo órgano se autolimite el ejercicio de sus potestades mediante el dictado de normas reglamentarias", se lee en el documento, que indica que la Corte ya ha tomado decisiones de esta índole.

A pesar de que reconoce que "debe avanzarse" en el camino de perfeccionar "los mecanismos de selección y de carrera", el fallo insiste en que el "diseño y la reglamentación de sus criterios le corresponde constitucionalmente al Poder Judicial".

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