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Una rapiña vuelve a enfrentar a la Justicia con el Ministerio del Interior

Interior critica que se haya liberado a un acusado y la prisión domiciliaria a otro
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03 de abril de 2016 a las 05:00
En junio de 2014, el ministro del Interior, Eduardo Bonomi, se quejó públicamente de que los jueces no utilizaban los videos provistos por esa cartera para resolver delitos, y presentó a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) cuatro videos en los que probaba que a su entender los procesamientos no habían sido adecuados. En ese entonces, la SCJ respondió al ministro que los videos sí se utilizaban, aunque por la calidad no siempre podían constituirse como prueba. Ahora, un nuevo caso en el que la Policía logró atrapar a tres delincuentes por una rapiña con la información de videovigilancia reavivó el enfrentamiento: la Justicia procesó por hurto y dejó en libertad a uno de los sospechosos, lo que generó molestias en el gobierno que insiste en que los videos no se tienen en cuenta.

Según informó en un comunicado el Ministerio del Interior, el pasado 11 de marzo, luego de salir de un banco con $ 60 mil, un hombre fue perseguido por varios delincuentes y después de bajar de un ómnibus fue atacado en Ciudad Vieja. Dos de los delincuentes lo tiraron al piso y le robaron el dinero. Un cuarto integrante de la banda los esperaba en una moto en la que uno de ellos se dio a la fuga. Además, otros dos habían seguido a la víctima del robo en un auto, que también sirvió para que la banda pudiera escapar.


La Policía logró capturar a tres de los cinco sospechosos: al dueño del auto, a quien lo acompañaba en el vehículo, y a un menor, al que sí se le tipificó el delito de rapiña.

La fiscal del caso, María del Huerto Martínez, pidió el procesamiento sin prisión del acompañante del auto por "hurto especialmente agravado en calidad de partícipe extraño al hecho por el artículo 63 del Código Penal", ya que el detenido no participó directamente en la rapiña y dado que no estaba planeada de antemano. Es entonces que se lo procesa por el delito concertado: hurto por arrebato, dijo la jueza a El Observador. Se trata de un hurto agravado por haber sido cometido entre varios participantes y con la presencia de un menor, explicó la fiscal Del Huerto, y aclaró que el delincuente afirmó haber recibido $ 3.000 del botín. Así, con el argumento de que solo asistió a la rapiña pero no participó, la jueza de 7º turno, Beatriz Larrieu, lo procesó con prisión domiciliaria por 90 días.

"La rapiña fue un exceso que hizo el menor, que no se la podemos poner legalmente (al acompañante del auto)", dijo María del Huerto Martínez, fiscal del caso

Sin embargo, la decisión de la jueza generó molestias en el Ministerio del Interior, dijeron fuentes de la cartera a El Observador, desde donde se discrepa con el fallo. Las fuentes ministeriales dijeron que para sus asesores jurídicos es evidente que a este delincuente se le debió aplicar el artículo 61 del Código Penal que contempla la coautoría, en este caso de rapiña, o al menos el artículo 62, que dice que "son cómplices los que (...) cooperan moral o materialmente al delito por hechos anteriores o simultáneos a la ejecución, pero extraños y previos a la consumación". El Ministerio del Interior sostiene además que esa pena, de habérsele aplicado, pudo aumentarse en un tercio, ya que operó como agravante que en el delito hayan intervenido dos o más personas.

Pero a juicio del ministerio, y según lo especifica en el comunicado oficial que dio cuenta de este episodio, lo que también hubo en él fue una "asociación para delinquir", en la cual también participó el delincuente penado con prisión domiciliaria. Según aseguraron las fuentes, de las actuaciones policiales surge que los delincuentes se venían preparando desde hace tiempo, y que estaban asociados para cometer un delito.

El dueño del auto, en tanto, fue dejado en libertad, algo con lo que también discrepa el Ministerio del Interior.

Si bien desde esa cartera afirman que el dueño del vehículo tiene cuatro antecedentes penales y que las averiguaciones de la Policía tienden a incriminar a este hombre que participó anteriormente en delitos similares, la jueza Larrieu explicó a El Observador que no se contaba con pruebas suficientes para determinar que el detenido era quien efectivamente manejaba el vehículo durante el delito. "Puedo suponer que estaba allí en ese momento, pero no tengo pruebas para imputarle una rapiña", dijo la jueza, porque "en las imágenes en ningún momento se ve". "La única prueba que tenemos es que era el dueño del auto y que tiene un antecedente por un delito similar, pero eso no es prueba para implicarle este hurto", agregó. El detenido declaró que alquilaba el auto, y que conocía a los autores, ya que vivía a media cuadra del menor que cometió la rapiña. En tanto, los otros dos asaltantes no lo incriminaron.

Por su parte, el juzgado de adolescentes de 3º turno inició un proceso penal al menor autor de la rapiña y definió la prisión preventiva. Los otros dos implicados aún no han sido detenidos.

Dado el malestar que generó la decisión de la jueza en las autoridades, la SCJ pedirá explicaciones sobre el caso, publicó en su cuenta de Twitter el presidente de la SCJ, Ricardo Pérez Manrique.

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