Luego de la crisis política que sacudió al gobierno semanas atrás y que terminó con la renuncia de los exminsitros Francisco Bustillo, Luis Alberto Heber, el ex subsecretario del Interior Guillermo Maciel y el exasesor presidencial Roberto Lafluf en el marco del otorgamiento del pasaporte al narcotraficante Sebastián Marset, la oposición se alineó tras un mensaje: que el presidente, Luis Lacalle Pou, "tiene que explicar" por qué el gobierno pretendió ocultar al Parlamento y a la Justicia los chats entre Maciel y Carolina Ache.
El mensaje se replicó en pasacalles que el Frente Amplio colocó en varios barrios de Montevideo tras la salida de los jerarcas del gobierno. Para el edil nacionalista Javier Barrios Bove, los carteles violan la normativa departamental que prohíbe la propaganda antes de los 120 previos a una elección nacional.
"Lacalle tiene que explicar", se lee en los carteles que tienen la firma "FA por Uruguay". También algunos comité de base colgaron pasacalles haciendo referencia a otros asuntos: "Tuvieron la LUC, pero la seguridad empeoró. Así no es", decía uno firmado por "Comité virtual compañero Tabaré Vázquez".
A su vez, la lista 77 de la Vertiente Artiguista colocó un pasacalles en Buceo con la leyenda "Orsi", en referencia al precandidato a la presidencia por el Frente Amplio Yamandú Orsi. El cartel tiene el logo del FA y de la lista.
Barrios Bove remitió un pedido de informes a la Intendencia de Montevideo (IM) en el que preguntó si la comuna está fiscalizando la publicidad electoral, "establecido en el Digesto Departamental en cuanto a publicidad política y sindical en la vía pública".
El edil adjuntó las fotos al pedido de informes y señaló: "Como se puede apreciar en las imágenes en algunos casos directamente se hace mención y propaganda a unos de los precandidatos".
Fuentes de la IM dijeron a El Observador que en el caso de los pasacalles de los comités que cuestionan algunos temas de la agenda pública no invitan al voto de un candidato o una lista y, por lo tanto, no estarían violando la normativa departamental. Sin embargo, el pasacalles que mencionó a Orsi –o a cualquier precandidato– y que exhibió el número de lista de la Vertiente Artiguista sí podría ir contra la restricción.
El precandidato del Partido Colorado Andrés Ojeda también colocó carteles con propaganda, sin embargo, no se trata de cartelería en columnas ni pasacalles, sino en edificios, algo que no está expresamente contemplado en la normativa departamental, que habla de "carteles colgantes a lo largo y a lo ancho de la vía pública".
La normativa de la IM estableció que la publicidad "política, sindical, cultural, religiosa y similares" se habilita 120 antes a una elección nacional, municipal o departamental "por medio de carteles colgantes a lo largo y a lo ancho de la vía pública, pudiendo utilizarse como soporte las columnas existentes, salvo las de señales de tránsito".
El edil nacionalista también hizo referencia en su pedido de informes a que en el período anterior la IM llevó a la Justicia al Partido Nacional y al Partido Colorado por haber colocado cartelería y propaganda en la vía pública en forma irregular o por no haberla retirado en los plazos establecidos. "Con estupor hemos visto estos días cómo han proliferado por la capital distintos pasacalles vinculados con el Frente Amplio", expresó Barrios Bove.
En setiembre la Suprema Corte de Justicia por unanimidad le dio la razón a la Intendencia de Montevideo y condenó al Partido Nacional a pagar una multa de cerca de US$ 300 mil.
El gobierno departamental había demandado y embargado al Partido Colorado y al Partido Nacional por no pagar la multa que les correspondía por dejar la cartelería en la vía pública pasadas las elecciones.
Sin embargo, las causas de ambos partidos fueron por carriles distintos y tuvieron resultados dispares. Ahora, la Suprema Corte de Justicia falló contra los blancos mientras que el Partido Colorado todavía espera por una resolución en esa instancia.
El Partido Nacional ganó el juicio en primera instancia y de esa forma se evitaba pagar las 1.743 multas por cartelería electoral impuestas por el gobierno departamental, que sumaban 7.051 Unidades Reajustables (unos US$ 292.887 al tipo de cambio actual). Esa sentencia fue apelada por la Intendencia de Montevideo que ganó en segunda instancia y llevó a que los blancos elevaran el caso a la Suprema Corte de Justicia a través de un recurso de casación.
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