Andrés Ojeda y Joaquín Abal son quienes llevan adelante el caso

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Ediles de la oposición demandaron a Signorelli por donaciones de la IM al Frente Amplio

En la denuncia se alude a delitos con penas de hasta seis años de penitenciaría
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25 de marzo de 2022 a las 17:44

Once ediles de la oposición montevideana, representados por los abogados Andrés Ojeda y Joaquín Abal, demandaron a Marcelo Signorelli, quien era coordinador de la Secretaría de Educación Física, Deportes y Recreación de la Intendencia de Montevideo por el caso de la donación de camisetas y morrales al Frente Amplio que informó El Observador el 17 de febrero.

La demanda explica que la devolución no exime a Signorelli de responsabilidad por ser realizada luego de descubierta por terceros. Sobre la respuesta de la intendenta de Montevideo, Carolina Cosse, la denuncia habla de "infelices declaraciones" en las que se intenta minimizar el hecho y una crítica a que lo haya calificado como un error. "No es un error, es un acto planificado y deliberado por parte de él o los responsables", argumenta.

A su vez, se pide que se tome declaraciones del caso de Carolina Cosse y Gabriel Romano, por la Intendencia de Montevideo, así como también de Flavia García y Fernando Pereira, por el Frente Amplio.

La denuncia es por el delito de "peculado y abuso de funciones en casos no previstos espacialmente por la ley", y argumenta que deberá ser analizada también la responsabilidad quienes recibieron y guardaron por dos días el cargamento en la sede del Frente Amplio.

Delito de peculado (artículo 153 del Código Penal):
"El funcionario público que se apropiare el dinero o las cosas muebles, de que estuviere en posesión por razón de su cargo, pertenecientes al Estado, o a los particulares, en beneficio propio o ajeno, será castigado con un año de prisión a seis de penitenciaría y con inhabilitación especial de dos a seis años".
Delito de abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley (artículo 162 del Código Penal):
"El funcionario público que con abuso de su cargo, cometiere u ordenare cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones del Código o de las leyes especiales, será castigado con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría, inhabilitación especial de dos a cuatro años y multa de 10 UR (Unidades Reajustables) a 3.000 UR ".

Los ediles demandantes fueron Matías Barreto, Víctor Aguirre, Gustavo Facciola, Diego Rodríguez, Javier Barrios Bove, Fabián Bravetti, Adriana Balcárcel, Rafael Rondán Cavani, Analía Pereira, Rafael Seijas y Pablo Fredes.

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