El presidente Luis Lacalle Pou envió al Parlamento el proyecto de ley con las modificaciones a las comisiones binacionales tras las irregularidades detectadas en Salto Grande que motivaron la renuncia de su presidente Carlos Albisu y una interpelación que terminó con un pedido de los diputados de cesar a los ediles que ingresaron.
El proyecto busca "fortalecer" diversos aspectos vinculados al régimen de designación y cese de los delegados uruguayos ante la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, la Comisión Administradora del Río Uruguay, la Comisión Administradora del Río de la Plata y la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo, según señala la exposición de motivos.
Una vez que esté aprobado, los delegados pasarán a tener un régimen similar al de los presidentes y directores de los entes autónomos y los servicios descentralizados.
Esto supone que deberán ser designados por el presidente de la República actuando en Consejo de Ministros con previa venia del Senado y que estarán impedidos de realizar actividades partidarias.
"Deberán abstenerse de formar parte de comisiones o clubes políticos y ejecutar cualquier otro acto público o privado de carácter político, salvo el voto", dice el segundo artículo, que agrega que "no se considerará incluida en estas prohibiciones, la concurrencia de los mismos a los organismos de los partidos que tengan como cometido específico el estudio de problemas de gobierno, legislación y administración".
A su vez, en los artículos 3 y 4 el gobierno estableció "normas de mayor contralor respecto de la gestión financiera y presupuestal" de las delegaciones nacionales.
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), en coordinación con los ministerios de Economía y Finanzas; Industria, Energía y Minería; Transporte y Obras Públicas y Relaciones Exteriores, en el marco de sus respectivas competencias, fijarán las "pautas y líneas de acción" que las delegaciones deberán seguir en "materia presupuestal y de gestión financiera".
A su vez, los gastos de funcionamiento se financiarán de conformidad a lo que establezca el Poder Ejecutivo en la reglamentación, debiendo "rendir cuenta de los rubros ejecutados".
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