Gustavo Olmos, diputado de Marea Frenteamplista

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Tribunal de Conducta del FA habla de "variaciones importantes en el relato" de Casás y no comprueba acoso

El Tribunal de Conducta Política reclamó a dirigentes por pronunciarse durante el proceso y pidió "garantizar su actuación" en "forma libre de presiones"; establece además que se reconsidere el tema en base a la Justicia
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18 de marzo de 2024 a las 11:32

El Plenario del Frente Amplio aprobó este sábado una trabajosa moción en que respaldó el dictamen del Tribunal de Conducta Política sobre la denuncia de la diputada suplente Martina Casás al titular de la banca, Gustavo Olmos.

Tras dos votaciones divididas, la orgánica respaldó que "los elementos probatorios no conducen a la conclusión de una situación de acoso laboral o sexual", "sin perjuicio" de que podrá reconsiderarse el caso si la Justicia arroja nuevas herramientas. 

Según el informe de cinco páginas, al que accedió El Observador, el tribunal dio cuenta de que una vez transitado el proceso a partir del 21 de noviembre, se solicitó un informe a "dos expertas en género", quienes expresaron que no se puede "establecer un dictamen determinante por falta de herramientas de investigación" y sugirieron "esperar las actuaciones del Poder Judicial".

En primer lugar, la comisión de ética reprocha que "existieron actuaciones anteriores a su intervención que no se ajustan al protocolo (del FA) para las situaciones de violencia política basada en género". "El protocolo es claro en cuanto a la necesidad de una denuncia, el consentimiento de la presunta victima, y la competencia del Tribunal en esas situaciones", aclara. Casás denunció que su sector, Marea Frenteamplista, derivó el caso sin su consentimiento. 

El tribunal relata que "aún antes de existir una denuncia ante los órganos normativamente previstos y sin dar un tiempo razonable a Martina Casás para decidir cómo proceder", hubo un "procedimiento informal" a través de un "relato oral" por parte de la denunciante hacia la presidenta de la Comisión de Género del Frente, Patricia González, "en forma íntima y en el marco de una relación de confianza". 

El tribunal "lamenta", además, "la difusión pública de la denuncia, y los pronunciamientos públicos de compañeros y compañeras, tomando posición y expresando opiniones, cuando debió mantenerse total reserva, en protección de la denunciante, y para garantizar la actuación del Tribunal en forma libre de presiones".

Sobre este punto, el organismo vuelve a referir explícitamente en sus conclusiones: "Se exhorta a los compañeros y compañeras a no expresarse públicamente cuando una denuncia se encuentra a consideración del Tribunal de Conducta Política, en uno u otro sentido".

Acoso laboral

"La denuncia no describe los actos que constituirían acoso laboral, como conducta distinguible del acoso sexual", sostiene el tribunal, y detalla que en su declaración Martina Casás "aclaró que no existieron hechos que configuraran acoso laboral como conducta distinta de su denuncia de acoso sexual, sino que se trató de 'acoso sexual en el trabajo'".

El dictamen da cuenta de que, tras la presentación del informe preliminar a las partes involucradas, Casás presentó descargos y volvió a referir al "'acoso laboral', sin señalar qué conductas entiende que podrían encuadrar en esta figura".

"Por otra parte, los testimonios de las secretarias del despacho de Gustavo Olmos excluyen la existencia de indicios de acoso laboral y afirman la existencia de un clima de trabajo respetuoso y afectuoso. Surge de distintos elementos, algunos de ellos públicos, la apertura de oportunidades de representación y actividad política para la denunciante, tales como la presentación de proyectos de ley, la frecuente participación en las sesiones y comisiones, y la participación en eventos internacionales".

Martina Casás, diputada de Marea Frenteamplista

Sobre este punto, dice el tribunal, la propia denunciante usa expresiones como "su despacho", "sus secretarias", "su proyecto de ley" que son "indicativas de un reconocimiento y participación mayor a la usual para una diputada suplente".

Casás había escrito sobre este punto, en una nota posterior enviada a La Diaria, que "la violencia política continúa más allá del acoso y del abuso” y que Olmos le "ha ido retirando el acceso a la información de la bancada, de los grupos de WhatsApp".

Sin embargo, el informe enfatiza: "EI Tribunal de Conducta Política, en forma coincidente con el informe de las expertas previsto en el protocolo, entiende que no existen elementos, ni siquiera indiciarios, de acoso laboral".

Acoso sexual

Según el tribunal, Olmos reconoció "la existencia de muestras físicas de afecto, en particular abrazos y algún beso", pero alegó que fueron "recíprocas" y, en sus palabras, "bidireccionales". El organismo relata haber reunido pruebas para "concluir en la verosimilitud" de esa versión.

"El personal de secretaría del despacho, que trabaja todos los días junto al equipo de Gustavo Olmos y su suplente ha declarado ante el tribunal su sorpresa ante la denuncia de acoso, y que es un despacho 'de puertas abiertas'", reconstruye el dictamen.

Una de las testigos habló de una relación "'cordial y afectuosa' y que los abrazos 'eran gestos normales'". "Las impresiones de los mensajes de WhatsApp presentadas por Olmos dan cuenta de fuertes expresiones de afecto, incluso en fechas próximas a la denuncia", dice el dictamen, y detalla "alusiones a besos, abrazos, amor, emojis de corazones".

El Tribunal de Conducta Política deja constancia de haber pedido los chats a la denunciante, pero que ella "se amparó en su derecho a no presentarlos". 

"Casás declaró ante el Tribunal no haberse opuesto, ni con palabras ni con gestos, a esas expresiones de afecto. Expresó 'no haber podido hacerlo', por lo que corresponde analizar si tenía el grado de libertad real para oponerse en caso de así decidirlo. No surgió en las actuaciones seguidas ante este Tribunal ningún elemento que permita suponer que, de rechazar la conducta de Olmos, este hubiese persistido". 

De haber sido así, detalla el informe, el sector Marea Frenteamplista debería haber tomado medidas. 

"La diferencia de edad, o de estatura, o la mayor jerarquía en el sector de Gustavo Olmos, no son de por sí indicios suficientes de una situación de sujeción o disminución de libertad", afirma el tribunal. En base a eso, concluye que "no surge acreditado el 'rechazo' que exige" el artículo 46 de la ley de violencia basada en género "para configurar acoso sexual".

El abogado de Casás, Juan Raúl Williman, ha cuestionado sobre este punto una interpretación "arcaica" de la ley que no contempla las asimetrías entre la denunciante y el diputado. 

Martina Casás junto a su abogado Juan Raúl Williman en la puerta del Juzgado de Familia

El tribunal afirma que "tampoco se describen en la denuncia situaciones configuradoras de un ambiente hostil, humillante ni intimidatorio, ni de presiones o amenazas para aceptar una situación que pudiera resultarle incómoda a la denunciante, como exige la norma legal vigente".

Además, sostiene que eso "se confirma en los descargos" de la propia Casás, "ya que los hechos donde señala la presencia de hostilidad son todos posteriores a la formulación de la denuncia y no se atribuyen al denunciado"

Por otro lado, el tribunal asegura que de la denuncia original de la diputada suplente hasta su declaración ante el organismo "surgen variaciones importantes en el relato" respecto a lo que ella "considera" como "acoso sexual".  "Asimismo, debe señalarse que no se aportaron elementos en estas actuaciones que permitan una corroboración periférica (pruebas indirectas o indiciarias) de los hechos denunciados".

"Sin perjuicio de lo expuesto, también debe tenerse presente que las potestades y los instrumentos con los que cuenta el Tribunal de Conducta Política para la averiguación de los hechos son limitados, y que existen denuncias y demandas en ámbitos jurisdiccionales y administrativos cuyas autoridades podrán llegar a otras conclusiones, con mayores elementos, y eventualmente reconsiderarse las opiniones aquí expresadas", aclaran.

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