Para la Suprema Corte el delito de abuso de funciones es constitucional

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Tribunal de Apelaciones dictaminó que niña de cuatro años debe volver a España

Su madre había acusado al padre de abusar de la pequeña; la Justicia determinó que el hombre no puede acercarse a a ambas a menos de 500 metros
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22 de diciembre de 2016 a las 13:35

El Tribunal de Apelaciones de 1º Turno dio lugar parcialmente a la sentencia del Juzgado de Familia de 8º Turno que falló a favor de que una niña de cuatro años que estaba en Uruguay volviera a España, su país de origen, luego de que su madre acusara a su padre de abusar sexualmente de la pequeña.

Los abogados de la madre habían apelado la sentencia inicial ya que una pericia psicológica del Instituto Técnico Forense había concluido que tanto ella como su hija han sido "víctimas de violencia doméstica en todas sus dimensiones".

Ante la Justicia, la madre declaró "que decidió quedarse en Uruguay tras descubrir que en España su hija estaba siendo sometida a abuso sexual por parte de su padre", según consta en la sentencia. Agrega que en Uruguay "la niña recuperó la paz y confianza y pudo expresar lo que sufría con su padre" y que "se ha adaptado a su nuevo círculo, donde vive en paz, con una amplia red de apoyo familiar y afecto que le ha devuelto la fuerza y tranquilidad con la que debe vivir una niña de cuatro años", manifiesta la defensa de la madre.

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La defensa del padre alegó que las acusaciones de la madre eran falsas y que, al estar él en España, se le quitó "la posibilidad de defensa in situ", es decir de estar presente y hacer sus descargos personalmente.

Finalmente, el Tribunal de Apelaciones impuso que una vez que madre e hija regresen a España, el padre no pueda acercarse a ambas "en un radio de 500 metros". Será su madre "quien ejercerá la tenencia provisional, así como el contacto por cualquier medio". El fallo se ampara en el artículo 11 del Convenio de La Haya por el que la Justicia uruguaya solicita a la español que haga lugar a la sentencia.

El fallo también indica que el padre debe levantar una denuncia penal que había presentado contra su expareja y que la madre y la niña deberán irse de Uruguay solamente cuando estas medidas estén garantizadas por parte de la Justicia española.


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