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La historia del incesto en Florida que duró décadas y que dio a luz a tres hijos con malformaciones

El hermano de la víctima fue condenado a ocho años y medio de prisión efectiva; los expertos consideran que no es una pena "leve"
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16 de abril de 2024 a las 05:01

A los cuatro años ella y su hermana, de cinco, se fueron a vivir a un hogar de religiosas. Su madre, por problemas psicológicos, no podía hacerse cargo de ellas. Las niñas pasaron cinco años en un hogar en Sarandí Grande, todavía dentro de su Florida natal, y luego fueron a uno en Montevideo.

Esta es la historia narrada por la sentencia de condena, a la que accedió El Observador, de un hombre de 58 años que abusó y violó a su hermana, de 43, durante más de dos décadas. Con ella tuvo tres hijos que nacieron con malformaciones y problemas de salud.

Los abusos comenzaron cuando la víctima tenía 17 años.

En diciembre de 1997, ella y su hermana volvieron a Florida por las fiestas. En la capital departamental fueron a la casa de uno de sus hermanos, quince años mayor, que vivía con su esposa. Allí también conoció a dos hermanos más.

Al haberse encontrado con ellos, decidió no volver a vivir en el hogar en Montevideo. Se quedó en Florida. Su hermana, en cambio, continuó con su vida en la capital del país y viajaba al interior solo los fines de semana.

Dos de sus hermanos que sí vivían en Florida se pasaban la mayor parte del tiempo trabajando fuera y la esposa del hermano quince años mayor también. La adolescente quedaba "casi siempre sola" con éste. Él comenzó a abusar sexualmente de ella y a prohibir que se le acercaran otros hombres.

Para escapar de esta situación, ella consiguió un trabajo como niñera con cama en otra casa, pero los fines de semana tenía que volver. Cuando ella quedó sin trabajo y debió volver a estar todo el tiempo en la casa de su hermano, él la empezó a violar. La primera vez que lo hizo le dijo que si se lo contaba a alguien se "tenía que atener a las consecuencias". Ella todavía no había cumplido 18 años.  

En siete años, la mujer tuvo tres hijos a raíz del incesto.

Nacieron con malformaciones –por ejemplo, sin orejas–, parálisis facial, problemas cardiorrespiratorios, de huesos, de aprendizaje, entre otros, dice la sentencia. Durante los embarazos, el hombre obligaba a su hermana a decir que el padre era alguien de Montevideo. La amenazaba con que si ella no decía eso le iba a quitar a los hijos.

El incesto y las malformaciones

El neonatólogo Daniel Borbonet apuntó en diálogo con El Observador a dos aspectos por los que bebés nacidos del incesto pueden presentar problemas.
Uno de los factores es el genético.
Las personas tenemos genes dominantes y recesivos. "Si un recesivo se junta con otro recesivo, los dos progenitores pueden darte una patología dominante que es muy poco frecuente", explicó.
Sin embargo, con "consanguinidad la frecuencia aumenta". Y en estos casos, "al ser situaciones engendradas con primera línea, como pueden ser hijos con padres, con madres, o hermanos entre sí, toda la patología hereditaria recesiva tiene una mayor incidencia en que ese producto salga dominante", profundizó.
Por lo tanto, "existen malformaciones mucho mayores cuando son consanguíneos en primer orden, menos en segundo y menos en tercer orden".
Pero el otro factor es lo "epigenético", es decir, cuando los bebés "son engendrados en determinado tipo de circunstancias que alteran". 
"El medio externo altera también ese embarazo mucho más que obviamente un embarazo en condiciones adecuadas", indicó Borbonet.
Además, en estas situaciones, el embarazo puede no recibir los controles médicos necesarios.
"Cuando son incestos que son ocultados y que no son controlados, hay patologías que podrían diagnosticarse precozmente y alguna de ellas poder ser eventualmente prevenidas y tratadas", dijo el experto.

La mujer debió inscribir a los tres bebés como madre soltera.

En los años siguientes, el hombre siguió maltratándola a su hermana y a los niños. Según la sentencia, "les decía todo tipo de insultos como bastardos, inútiles, al tiempo que los amenazaba siempre, lo que provocaba gran temor en ellos".

Ella siguió cuidando a los niños y encargándose de las tareas domésticas del hogar. Su hermano incluso tuvo hijos con otras parejas y hacía que su hermana se ocupara de ellos. El hombre destrataba a ellos también, al igual que a las mujeres con las que se relacionaba. "Todos le tenían terror, haciendo caso siempre a lo que él quería por miedo a represalias", dice la sentencia.

Cuando se sintió segura

Sin embargo, "pasados algunos años del nacimiento de su último hijo" la mujer comenzó a tener una relación de pareja donde con un hombre con el que "sentía confianza, se sentía segura".

Como vivían en el mismo predio, el hermano seguía siendo el "jefe de la casa". Insultaba y maltrataba a los hijos y amenazaba a su hermana con que "nadie iba a creer en ella porque para todo el entorno él era el tío presente, el que siempre ayudaba a sus sobrinos".

Además, seguía abusando de ella.

La pareja de ella comenzó a presenciar los "hechos violentos" y a cuestionarlos. A finales de 2023  ella "se quebró y pudo hablar". Le contó el "calvario que venía padeciendo desde sus 17 años".

Con el apoyo de su pareja y “ya sin fuerzas” para seguir sufriendo el maltrato y la agresividad con que su hermano la trataba a ella y a sus hijos, hizo la denuncia en la Unidad de Especializada de Violencia Doméstica y de Género de la Jefatura de Florida.

Así comenzaron las investigaciones. La mujer contó toda su historia. Una perito psicológica constató el relato y los "indicadores" de abuso sexual y violencia que sufrió la mujer de forma "crónica y continua a partir de la adolescencia", narra la sentencia.

Además, un laboratorio corroboró que los tres hijos de ella eran de su hermano.

Él, por su parte, admitió lo que había hecho.

El 10 de abril, sin antecedentes penales y tras acordar un proceso abreviado con el fiscal Hermes Antúnez, fue condenado a ocho años y seis meses de prisión efectiva  por reiterados delitos de atentado al pudor, abuso sexual, violencia doméstica en reiteración real", informó el pasado viernes 12 de abril, Andrea Castro, la directora departamental especializada en Violencia Doméstica y de Género de Florida.

Al hombre se le suspendió el ejercicio de la patria potestad y se lo inhabilitó de trabajar en la educación y la salud y en actividades involucradas con menores, personas con discapacidad y mayores en situaciones de dependencia por diez años.

También se le impuso la obligación de dar una "reparación patrimonial" a la víctima "por un monto equivalente a doce ingresos mensuales" o "en su defecto doce salarios mínimos".

De todas formas, la sentencia agrega que esto se dispone "sin perjuicio del derecho" de la mujer de "seguir la vía procesal correspondiente para obtener la reparación integral del daño".

Al hombre se lo inscribió en el registro de abusadores sexuales.

Una vez en libertad, el hombre no podrá acercarse a las víctimas "en un radio de 500 metros" y no podrá establecer "cualquier tipo de contacto, relacionamiento y/o comunicación" por un plazo de 180 días.

¿Ocho años y medio es poco?

A primera vista, ocho años y medio no parece una pena suficiente para alguien que maltrató, abusó y violó a su hermana durante años. Sin embargo, a los abogados penalistas no les llama la atención. 

Según el experto Juan Fagúndez "una pena de casi nueve años no es nada leve". Además, en diálogo con El Observador, aludió a la ventaja que puede tener un acuerdo abreviado en estos casos. 

De avanzar a un juicio se tiene que lograr "la convicción del juez", además de que extiende el proceso para la víctima, a la que hay que "cuidar", lo que supone otro factor a tener en cuenta.

"De todas formas los acuerdos, teniendo eso y otras variables en cuenta, pueden acordar penas como en este caso, que podrían llegar a tres o cuatro años más. Todo depende de lo que surja de la investigación", continuó.

El también penalista Gustavo Bordes dijo que en el Código Penal tiene que haber una "correspondiente armonía entre los distintos delitos y las distintas penas".

"En un país donde la pena más alta es de 30 años para una persona que cometa los delitos más aberrantes, en prima facie no me parece que una pena de ocho años años puede ser considerada baja", dijo en diálogo con El Observador.

La del hombre de 58 años es una "conducta espantosa, horrible, deplorable", pero "vos tenés que tener pena para una persona que fuera a un jardín de infantes, violara, matara niños, pusiera una bomba". 

De todas formas, señaló que esto es viéndolo desde el punto de vista "retributivo", es decir, por compensación del delito que se cometió.

Pero para Bordes hay que ir a la Constitución. A lo que esta obliga en su artículo 26 cuando establece que: "En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito".

¿Ocho años y medio sirve para este fin? Bordes responde que "eso lo puede saber solamente la persona que está en el caso concreto".

"Tiene que haber evaluado justamente la personalidad, los antecedentes, la posibilidad de resocialización, en qué trabajaba, qué puede hacer. Ahí es que se hace la evaluación correcta como dice la Constitución".

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