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"Debilidades, ambivalencias y fisuras": los argumentos de la fiscal para archivar investigación sobre violación en Cordón 

El abogado de la víctima dio tres razones para apelar la decisión, pero no fueron compartidas por la fiscal
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26 de abril de 2023 a las 05:03

La fiscal de Delitos Sexuales Judith Rodríguez pidió el sobreseimiento de los tres imputados en el caso de la presunta violación del Cordón porque existían "debilidades, ambivalencias y fisuras probatorias" que hacen que no se cuente con la "certeza que sobrepuje la duda razonable" de que los señalados son culpables de acuerdo al Código del Proceso Penal. Así consta en el registro de la audiencia judicial al que accedió El Observador.

La fiscal recordó que se debe pedir el sobreseimiento "cuando adoptadas todas las posibilidades probatorias no exista plena prueba de que el hecho se haya cometido". "El copioso caudal de evidencias recolectadas durante la indagatoria preliminar y su exhaustivo como minucioso análisis hace que se pueda afirmar sin hesitaciones que los hechos denunciados no son posibles de acreditar con el grado de certeza requerida", argumentó Rodríguez ante la jueza Blanca Rieiro.

Afirmó que en este caso se relevó evidencia de diversa naturaleza: testimonial, digital, audiovisual, informes técnicos, informes psicológicos y psiquiátricos, actas de declaraciones de testigos que han dado su versión repetidas veces, análisis biológicos y químicos, registros clínicos, etc. Pero "aún en comunión de tal cantidad de elementos como de la calidad de los mismos se desprende que estos no permitirán probar en juicio los hechos denunciados ya que los mismos adolecen de fisuras y debilidades por el momento insuperables", valoró.

El abogado de los imputados, Martín Frustaci, indicó que en la fiscal primaba "la sensatez" y que si bien no tenía la intención de hablar mal de la víctima, "no había que ser idóneo en derecho para darse cuenta que no era un abuso sexual especialmente agravado". 

"Para que un fiscal pida el sobreseimiento se le tiene que caer arriba la estantería", aseguró. Por otra parte, sostuvo que la víctima le dijo a la psicóloga forense "una cosa y concomitante estaba haciendo otra". 

Las tres razones de la defensa de la víctima para impugnar la decisión

La víctima estuvo representada por el director del Consultorio Jurídico de la Universidad de la República, Juan Raúl Williman, quien esgrimió tres razones para que la jueza Rieiro otorgue el reexamen. Es decir, solicitó que otro fiscal vuelva a evaluar la evidencia colectada y manifieste si mantiene la posición de Rodríguez o cree que el caso puede continuar.

1. La primera razón, citando al Código del Proceso Penal, es que "la garantía debe oficiar como garantía". O sea, que la víctima tiene el derecho de solicitar el reexamen y en este caso pretende ejercerlo.

2. En segundo lugar, afirmó que no comparte la valoración de la prueba que realizó Rodríguez. Resaltó que la declaración de la víctima en sede judicial tuvo "una contundencia importante" y que la consulta a la emergencia médica que realizó la denunciante el 21 de enero de 2022 "no deja de ser importante". A su vez, citó la existencia de fotografías tomadas a su cliente el día posterior a los hechos donde se notan las lesiones. 

También está transcripta la llamada a un servicio de orientación a mujeres víctimas de violencia doméstica de INMUJERES del 23 de enero de 2022 donde se denunciaron los hechos. Además de pericias psicológicas de imputados y víctimas, así como una pericia psiquiátrica sobre ella en la que la profesional concluye que sufre de estrés postraumático y síntomas depresivos, entre otros.

Por último, citó la existencia de videos y declaraciones de terceros. 

3. Por último, argumentó que hay evidencia que no fue recolectada. Por ejemplo, no se pudieron recuperar fotos, videos y mensajes eliminados de celulares y dijo que "el Ministerio del Interior cuenta con el equipo necesario para recuperarlos". Sostuvo que falta la pericia al celular de uno de los imputados y falta tomarle la última declaración a la amiga de la víctima, que la acompañó en todo momento y estaba en la casa donde según la denunciante sufrió el abuso. 

"Fiscalía y Unidad de Víctimas dicen que no se pueden comunicar con ella para obtener esa declaración, nosotros sí nos comunicamos, ella dice que no fue citada nuevamente a declarar", alegó Williman. 

Sobre este último punto, Rodríguez indicó que había una razón para los dos reparos del abogado. Respecto del teléfono, aseguró que desde Policía Científica le dijeron que el teléfono no se había podido desbloquear. Sobre la testigo, recordó que había declarado en sede policial el 23 de enero de 2022 y en Fiscalía tres días después. Pese a que tenía intención de interrogarla otra vez, la mujer no vive en Montevideo y se realizaría por videollamada de WhatsApp. Ella dijo que "no tenía batería en ese momento, que no podía, dio una serie de evasivas por las que después no se volvió a comunicar y no se pudo obtener más información al respecto", complementó la fiscal. 

El abogado insistió sobre el punto y dijo que el oficio de Científica recomienda que se vuelva a examinar el dispositivo para intentar extraer la información dado que había actualizaciones del sistema que quizás permitieran acceder al material. El dispositivo no se volvió a examinar. En lo que refiere a la testigo, informó que estaba en condiciones vulnerables y "no se va a tomar un ómnibus" para declarar a Montevideo. 

"Por convenios internacionales se exige el investigar con la debida diligencia. Es parte de las obligaciones del Estado", insistió y pidió que la Fiscalía realice las coordinaciones de rigor para que la testigo concurra a declarar.

La decisión judicial y el acuerdo trunco

La jueza Blanca Rieiro advirtió que "surge holgadamente de lo manifestado por la señora fiscal que la prueba no reúne la certeza necesaria para abrir la apertura a juicio oral" y que por ende se debía sobreseer a los imputados.

Si bien dijo que entiende que deben tenerse en cuenta las garantías de la víctima y ver el derecho desde el punto de vista victimal, "tal extremo no puede nunca en ningún caso ir en contra de las garantías de los justiciables y del principio de inocencia". 

El abogado Williman apeló la decisión de Rieiro y ahora será el tribunal de Apelaciones quien defina si otro fiscal deberá reexaminar el caso o no. 

Esta impugnación de la resolución tomada por Rieiro terminó demorando un acuerdo abreviado al que la Fiscalía había llegado con uno de los imputados. Era por el cargo de difundir videos sexuales sin el consentimiento de todas las partes. Iba a celebrarse en la audiencia de este lunes, pero tanto Frustaci como la fiscal decidieron que lo mejor será ver lo que resuelve el tribunal y validarlo luego de eso.

La víctima relató a fines de enero de 2022 que se había ido a un dormitorio con el hombre con el que salió del boliche y mientras estaban manteniendo relaciones sexuales ingresaron tres más, uno de ellos adolescente. 

El primer informe médico del Instituto Técnico Forense arrojó un resultado "no concluyente" .

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