A finales de agosto la Unidad Reguladora de Servicios e Energía y Agua (Ursea), solicitó una segunda prórroga para elaborar el nuevo reglamento comercial para la distribución secundaria de combustibles, en el marco de la reforma que el Poder Ejecutivo pretende hacer en este mercado.
Como paso intermedio, el Directorio de la Ursea aprobó dos decretos que regirán durante el período de transición hasta que se aprueba la reglamentación definitiva. Uno de esos decretos refiere a las condiciones para la instalación de nuevas estaciones de servicio, y el otro a la cantidad de estaciones que pueden operar los distribuidores mayoristas (Ancap, Disa y Axion).
Sobre la instalación de nuevos puntos de venta de combustibles, entre los requisitos a cumplir se señala que deberán ubicarse a una distancia igual o mayor a 2.000 metros de otras estaciones existentes, en el el caso de zonas urbanas o suburbanas de ciudades o centros poblados. En ruta deberán estar a una distancia mínima de 20 km, y en caminos secundarios a más de 5 km del cruce con la ruta principal.
La Ursea señala en uno de los considerandos que la normativa “permitirá una aproximación gradual a la regulación definitiva que oportunamente se adopte, y en esta etapa transicional posibilitará el desarrollo de nuevas inversiones o emprendimientos”.
Tradicionalmente el proceso para la apertura de nuevas estaciones de servicio en el país dependía de Ancap que fijaba en los contratos con las distribuidoras las reglas para la instalación y operación; así como también se expedía sobre traslado y cierre. Tras la aprobación de la ley de Urgente Consideración (LUC) la regulación del mercado secundario pasó a ser responsabilidad de la Ursea.
Por otro lado, se autoriza a que cada distribuidor mayorista que opere un sello propio pueda tener hasta cuatro puestos de venta de integración vertical, incluyendo las ya existentes. Actualmente la empresa Ducsa (propiedad de Ancap) ya posee cuatro estaciones propias que opera directamente, al igual que la española Disa (ex Petrobras.)
El decreto considera que “las distribuidoras mayoristas generalmente señalan que contar con puestos de venta de integración vertical es útil, en tanto les permite adquirir un mayor conocimiento sobre el negocio de expendio y porque puede ser utilizados como testigo para distintas pruebas”.
Y argumenta que “a efectos de no distorsionar el mercado y evitar grandes asimetrías respecto a los puestos de venta independientes de las distribuidoras mayoristas, corresponde aprobar una normativa transitoria aplicable a estas formas de gestionar los puestos de ventas”.
Semanas atrás el presidente de Ancap, Alejandro Stipanicic, afirmó que el ente aguarda por la nueva reglamentación del mercado de combustibles para avanzar en la instalación de puestos automatizados de carga en el interior profundo, similares a las que ya existen en pequeñas localidades, como Termas del Arapey.
En 2020 el Poder Ejecutivo le encomendó a la Ursea la revisión y elaboración de un nuevo reglamento comercial para la distribución secundaria que involucra a fleteros, estaciones de servicio y distribuidoras. Tras el vencimiento en junio de una primera prórroga, ahora el Ministerio de Industria y Energía concedió a pedido de la Ursea una nueva postergación sin plazo.
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