A pesar de que estaba previsto que el nuevo Código del Proceso Penal comenzara a regir a partir de enero de 2017, el nuevo sistema de audiencias orales y públicas se postergará. El Poder Ejecutivo envió al Parlamento la propuesta, que posterga dos años más la entrada en vigencia de algunos artículos, que regirán desde el 1º de febrero de 2019.
El Poder Ejecutivo postergó la entrada en vigencia del nuevo código en su totalidad para que no tuviera un costo tan elevado, informó El Observador el domingo pasado. Como las audiencias pasarán a ser orales, se requerirá una inversión tanto en infraestructura como de personal, en especial en jueces y defensores de oficio.
El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley para postergar la entrada en vigencia de 17 artículos de la nueva ley, entre los que se encuentra el referido a las audiencias públicas. "Las audiencias que se celebren una vez concluida la investigación preliminar serán públicas, salvo que el tribunal decida lo contrario" por "consideraciones de orden moral, público o de seguridad", cuando existan razones para preservar la identidad de las personas que intervienen en el proceso o cuando las audiencias públicas puedan perjudicar "los intereses de la Justicia o comprometer un secreto protegido por la ley", expresa el artículo que, en principio, comenzará a entrar en vigencia dentro de cuatro años.
También se postergó el artículo que refiere a cuándo se pauta la fecha de reanudación de una audiencia que fue suspendida. Actualmente, es el juez quien define cuándo definir el día que la audiencia se retoma. El nuevo código establece como obligatorio fijarla el mismo día de la suspensión de la audiencia, salvo "razones fundadas". A partir de 2019, si no se establece un plazo de prórroga, la audiencia se debe fijar en la fecha más cercana posible, "a los efectos de procurar la continuidad del proceso".
El Poder Ejecutivo solicitó postergar, además, los artículos referentes a la disciplina y control de las audiencias públicas. "El tribunal deberá adoptar a petición de parte o de oficio todas las medidas necesarias para asegurar el normal y continuo desarrollo de las audiencias", expresa el artículo que también entrará en vigencia en febrero de 2019 y no en 2017. Desde esa fecha, el tribunal podrá echar a quienes perturben el desarrollo de las audiencias y prohibir a la prensa y el público "el empleo de medios técnicos de reproducción y filmación" cuando se considere necesario.
El presidente Tabaré Vázquez transmitió la decisión del gobierno a los legisladores del Frente Amplio el lunes 24 de agosto en una reunión previa a la presentación del Presupuesto.
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