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En el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo a las sesiones extraordinarias del Congreso, se detallan las disposiciones del nuevo régimen de blanqueo diseñado por el Ministerio de Economía, liderado por Luis Caputo. Según el texto, se permitirá regularizar hasta US$100.000 en efectivo, propiedades o criptomonedas sin incurrir en impuestos.

Podrán acogerse al régimen de blanqueo los residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre, ya sea que estén o no inscritos como contribuyentes ante la AFIP, así como los no residentes por sus bienes en Argentina o las rentas obtenidas de fuente argentina.

El plazo para unirse al régimen se extenderá hasta el 30 de noviembre del próximo año, dividido en tres etapas, y no se requerirá "aportar documentación o información adicional respecto de la adhesión al régimen", según establece el texto.

Se podrán blanquear la mayoría de los bienes dentro y fuera del país, incluyendo moneda nacional o extranjera en efectivo o depositada en cuentas bancarias, propiedades, acciones, participaciones en sociedades, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y criptomonedas, entre otros.

La base imponible para determinar el "Impuesto Especial de Regularización" se calculará en dólares de manera excepcional, utilizando la cotización del contado con liquidación (CCL) para convertir los valores expresados en pesos, permitiendo al Poder Ejecutivo establecer un cambio hasta un 30% por encima del tipo de cambio oficial fijado por el Banco Central.

No se deberán pagar impuestos si se regularizan hasta US$100.000, independientemente del momento en que se realice el blanqueo. Para montos superiores, habrá diferentes alícuotas según el momento en que el contribuyente se adhiera al régimen.

La primera etapa abarca desde el día siguiente a la entrada en vigencia de la reglamentación dictada por la AFIP hasta el 31 de marzo, en la que se deberá abonar un adelanto del 5%. Luego, hasta el 31 de mayo, se podrá regularizar el resto del impuesto. La segunda etapa, del 1° de abril al 30 de junio, implica un adelanto del 10%, con tiempo para regularizar el resto antes del 31 de agosto. La tercera etapa, entre julio y septiembre, tiene una alícuota del 15%.

El pago adelantado deberá ser "no menor al 75% del Impuesto Especial de Regularización". Para regularizar dinero en efectivo, se deberá depositar en una entidad financiera, sin exigir más documentación que la indicada por el Banco Central. Lo mismo aplicará al dinero en efectivo en el extranjero.

Quedan excluidos del blanqueo los funcionarios públicos que hayan ejercido el cargo hasta el 30 de noviembre pasado, el personal en actividad de las fuerzas armadas y de seguridad, rectores y decanos de universidades, personal de los organismos de inteligencia, entre otros. También quedan excluidos cónyuges, ascendientes y descendientes de los sujetos alcanzados, así como los excónyuges que lo hayan sido durante el tiempo en que dichos sujetos se desempeñaron en cargos públicos.

Fuera de este grupo, se podrá regularizar bienes a nombre de terceros. "Cuando se trate de personas humanas o sucesiones indivisas, podrán ser declarados por el contribuyente incluso si se encuentran a nombre de terceros en caso de que dichos terceros no hubieran estado excluidos de solicitar la regularización de dichos bienes bajo las normas del artículo 161 de este régimen", establece el proyecto.

Además del régimen de blanqueo, el Gobierno diseñó otro régimen de regularización de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social. Los contribuyentes podrán acogerse a este régimen por obligaciones vencidas hasta el 30 de noviembre pasado, suspendiéndose las acciones penales tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social en curso. Se condonarán porcentajes de intereses y multas según la modalidad de adhesión y el tipo de deuda que se registre.

Temas:

Ley de Bases