El Gobierno nacional oficializó este jueves una nueva actualización parcial de los impuestos a los combustibles aplicables a las naftas y al gasoil durante mayo, con el propósito de "continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible".
A través del Decreto 302/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis "Toto" Caputo, se dio curso al ajuste en la carga tributaria sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono, mientras se pospuso una segunda ejecución de corrección para junio.
"Para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de mayo de 2026, ambas fechas inclusive, los montos del impuesto se incrementarán en los importes detallados", reseña el artículo 1° de la normativa publicada en la edición matutina del Boletín Oficial (BORA).
El Gobierno nacional autorizó una nueva suba de los impuestos a los combustibles
En los considerandos, el texto desliza que, bajo el criterio de aplicación, se intenta evitar un "traslado abrupto" de la "carga impositiva a los precios finales", lo que podría tener impacto directo en la inflación y en los costos logísticos.
El esquema vigente de estos tributos establece actualizaciones trimestrales basadas en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Sin embargo, en la práctica, la aplicación plena de esas variaciones fue interrumpida en reiteradas oportunidades.
Nafta y gasoil: cuánto suben los impuestos a los combustibles desde mayo 2026
Conforme al artículo 1° del Decreto 302/2026, el monto fijo actualizado del gravamen aplicable para la nafta sin plomo hasta 92 ron; nafta sin plomo, de más de 92 RON y nafta virgen desde mayo ascenderá a $ 10.398 y $ 0,637.
Por su parte, el impuesto que regirá para el gasoil se ubicará en $ 9269; $ 5019 y $ 1056, según la categoría.
| Producto | Incremento monto fijo actualizado del gravamen - artículo 4° | Incremento monto fijo actualizado del gravamen - tratamiento diferencial - artículo 7°, inc. d) | Incremento monto fijo actualizado del gravamen - artículo 11 |
| Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen | $ 10,398 (Impuesto sobre los Combustibles Líquidos) | - | $ 0,637 (Impuesto al Dióxido de Carbono) |
| Gasoil | $ 9,269 (Impuesto sobre los Combustibles Líquidos) | $ 5,019 (Impuesto sobre los Combustibles Líquidos) | $ 1,056 (Impuesto al Dióxido de Carbono) |
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