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En una misma jornada, el Gobierno nacional cosechó dos fallos favorables que le despejaron el camino judicial a dos de las reformas más controvertidas de su programa: la nueva normativa sobre glaciares y la reforma del mercado de trabajo. Ambas leyes habían sido impugnadas por vías judiciales distintas, y en los dos casos la justicia rechazó los intentos de frenarlas —al menos por ahora.

El patrón se repite: el Ejecutivo logra la aprobación parlamentaria de una norma, y quienes se oponen buscan en los tribunales lo que no obtuvieron en el Congreso. Esta vez, ese camino no prosperó.

La reforma laboral, sin el freno judicial

El fallo de mayor peso político fue el que dejó sin efecto la medida cautelar que suspendía 81 artículos de la Ley N° 27.802, la reforma laboral impulsada por el Gobierno. Esa suspensión había sido dispuesta por el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 en el marco de una demanda colectiva presentada por la CGT.

La resolución que levantó el freno la dictó la titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12, luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones Contencioso Administrativo Federal resolviera el conflicto de competencia a favor de ese fuero, desplazando al juzgado laboral. Raúl Ojeda, el juez a cargo del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, había intentado retener las causas; finalmente acató la decisión y remitió las 20 causas que mantenía en su poder.

También ese día la Corte Suprema de Justicia decidió no avanzar con el recurso de per saltum interpuesto por el Estado nacional, pero el propio Ejecutivo señaló que esa presentación había perdido objeto: fue articulada antes de que la Cámara resolviera la cuestión de competencia, cuando la cautelar todavía estaba vigente.

La Procuración del Tesoro de la Nación sostuvo que la reforma tiene "por objetivo terminar con un sistema arcaico, de más de 50 años, que fracasó y dejó a millones de argentinos en la informalidad".

Glaciares: la cautelar que no prosperó

En el frente ambiental, el Juzgado Federal de Santa Rosa rechazó la medida cautelar promovida por la provincia de La Pampa, la Universidad Nacional de La Pampa y otras organizaciones, que buscaba suspender en todo el territorio nacional la aplicación de la Ley N° 27.804, complementaria del régimen de presupuestos mínimos para la preservación de glaciares y del ambiente periglacial.

El juez federal sostuvo que los demandantes no demostraron con suficiente verosimilitud los requisitos necesarios para suspender una ley nacional, y que tampoco acreditaron "la existencia de un daño ambiental actual, concreto e inminente", ni individualizaron actividades específicas que justificaran la urgencia de la medida.

La causa, inscripta en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema, sigue su curso: el debate de fondo sobre la constitucionalidad de la norma está lejos de cerrarse. Los críticos de la ley sostienen que flexibiliza las protecciones vigentes para favorecer actividades extractivas, en particular la minería.

Dos causas, una lógica

Lo que une a estas dos disputas judiciales no es solo la coincidencia de fecha. En ambos casos, el Gobierno enfrentó impugnaciones promovidas por actores —sindicales, provinciales, universitarios— que encontraron en la justicia una segunda instancia de resistencia tras no lograr bloquear las normas en el Parlamento.

La Procuración del Tesoro anticipó que continuará "ejerciendo la defensa judicial del Estado nacional" en los distintos planteos abiertos, y subrayó que las dos leyes atravesaron "el debido proceso de debate, sanción y promulgación" en el Congreso. Por su parte, el Gobierno de Milei encuadró los fallos como una validación de su modelo: "desarrollo sustentable basado en el respeto de las instituciones, la seguridad jurídica y el aprovechamiento responsable de los recursos naturales", según el comunicado oficial.

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