Reforma de la Ley de Glaciares: la señal que mira el mercado en la antesala de la PDAC
El Senado le dio media sanción a la modificación de la Ley de Glaciares, pero el sector minero observa algo más que un cambio normativo: en juego está la previsibilidad regulatoria para proyectos de cobre por miles de millones de dólares.
El Senado aprobó la de la Ley 26.639 de Protección de Glaciares y Ambiente Periglacial, que ahora pasa a la Cámara de Diputados. Mientras tanto, el sector minero sigue de cerca el resultado. En la antesala de la Prospectors & Developers Association of Canada (PDAC), el mayor evento minero del mundo, la media sanción es interpretada por parte del mercado como una señal política sobre el rumbo regulatorio argentino y su capacidad de ordenar definiciones técnicas que impactan en inversiones multimillonarias.
Desde San Juan, el ex secretario de Gestión Ambiental y Control Minero, Denis Monardez, advierte que el impacto puede ser directo sobre los proyectos de cobre estratégicos. “Es fundamental. Si esta ley no se modifica, es muy posible que no se puedan explotar los yacimientos de cobre que están”.
En la misma línea, una geóloga especialista de Mendoza consideró que el debate en este contexto internacional puede ser interpretado como una señal positiva si logra ordenar definiciones. “En el marco de la PDAC la verdad que puede ser muy importante que se esté tratando de definir qué es un área periglacial, qué alcance tiene, qué crioformas incluye, y que se permita trabajar cuando los estudios técnicos demuestren que no existen esos cuerpos”, señaló.
La discusión parlamentaria coincide con un momento de alta expectativa por el desarrollo de proyectos de cobre en la cordillera y con la búsqueda oficial de posicionar a Argentina como proveedor estratégico de minerales críticos. En ese contexto, la definición sobre ambiente periglacial es leída por el sector como una condición de viabilidad económica para iniciativas que requieren miles de millones de dólares y horizontes de inversión de largo plazo.
Desde el sector advierten que la combinación de inestabilidad macroeconómica y cambios normativos frecuentes es uno de los factores que más inciden en la percepción de riesgo país para proyectos de largo plazo.
Proyectos que miran el Congreso
La reforma es observada especialmente desde provincias cordilleranas donde se concentran los principales proyectos cupríferos del país.
Vicuña (San Juan), impulsado por BHP y Lundin Mining bajo esquema RIGI, proyecta una inversión estimada en USD 7.000 millones.
Los Azules (San Juan), de McEwen Copper, ronda los USD 2.700 millones.
MARA/Agua Rica (Catamarca), operado por Glencore, prevé unos USD 4.500 millones.
Monardez mencionó casos concretos como José María, que ya inició la construcción de su camino de acceso (Corredor Norte), así como Filo del Sol y Veladero, que, según su lectura, podrían quedar alcanzados por la actual definición amplia de área periglacial.
Para el sector, la incertidumbre regulatoria encarece decisiones de inversión en proyectos que demandan infraestructura compleja en alta montaña y compromisos financieros de largo plazo.
El nudo técnico: definición pendiente y desplazamiento de la autoridad científica
Existe un debate atendible en la comunidad técnica sobre qué debe considerarse ambiente periglacial y bajo qué criterios debe delimitarse. La necesidad de mayor precisión metodológica, incluyendo verificación en campo y determinación de función hídrica real, es uno de los puntos que distintos especialistas reconocen como pendiente.
El caso del proyecto Pachón ilustra uno de los ejes centrales del debate en torno a la Ley de Glaciares. No se discute la protección de los glaciares descubiertos o cubiertos, sino el alcance que la norma otorga a determinadas geoformas periglaciales cuya relevancia hídrica genera controversia técnica.
Según el suplemento especializado Cuyo Minero, en San Juan se realizaron estudios específicos sobre geoformas vinculadas a proyectos mineros, entre ellos Pachón y áreas cercanas a Vicuña, que concluyeron que algunas no aportaban agua de manera significativa a la cuenca. A partir de esos análisis, la provincia retiró determinadas geoformas de su inventario provincial, aunque la protección prevista por la ley nacional se mantiene en función del Inventario Nacional de Glaciares.
El punto, sostienen distintos actores del debate, es que la ley opera hoy con un criterio principalmente morfológico y no funcional, lo que abre una zona gris regulatoria: mientras no existan definiciones técnicas más precisas sobre qué ambientes cumplen efectivamente una función hídrica estratégica, proyectos de cobre de gran escala pueden quedar condicionados por interpretaciones administrativas o judiciales. Esa incertidumbre, en un contexto global donde el cobre ocupa un lugar central en la transición energética, se convirtió en uno de los principales argumentos de quienes impulsan una reforma que combine protección ambiental con mayor previsibilidad regulatoria.
Sin embargo, el punto crítico es cómo la reforma propone resolver esa indefinición.
El proyecto confirma explícitamente el desplazamiento de la potestad técnica hacia las jurisdicciones locales. El nuevo Artículo 8.º establece que será “atribución exclusiva de la autoridad con competencia ambiental de cada jurisdicción identificar qué glaciares y qué ambiente periglacial cumplen con alguna de las funciones hídricas previstas”.
En la práctica, la determinación de qué constituye un área protegida deja de depender centralmente del inventario científico nacional y pasa a definirse a través de evaluaciones provinciales caso por caso. La evaluación de impacto ambiental se consolida así como instancia decisiva para autorizar, o no, un proyecto.
Para algunos especialistas, el riesgo es que la discusión técnica de fondo no quede necesariamente resuelta, sino que se traslade a autoridades con capacidades institucionales desiguales. En ese contexto, decisiones administrativas sin respaldo científico robusto podrían derivar en nuevos cuestionamientos judiciales.
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Comparación internacional y capacidad institucional
Uno de los argumentos que atraviesa el debate es que Argentina sería el único país con una norma que establece una prohibición por ubicación vinculada a glaciares y ambiente periglacial, en lugar de priorizar la evaluación de impacto ambiental como herramienta central de gestión.
Leonardo Pufler lo plantea en términos comparativos: “Vos tenés Canadá, por ejemplo. Canadá es un país que tiene más glaciares que nosotros, más minería que nosotros, más desarrollo que nosotros y mejores niveles de protección ambiental que nosotros. ¿Ellos tienen una prohibición de la minería vinculada a glaciares? No, de ninguna manera. Lo que hacen es estudio de impacto ambiental. Esa es la herramienta de gestión”.
Pufler señala además que aproximadamente el 50 % del territorio canadiense es permafrost y que buena parte de la minería se desarrolla precisamente en las zonas del norte, donde predominan ambientes periglaciales. En su visión, un esquema como el argentino haría inviable la actividad en ese contexto. “No solo no es inviable en Canadá, sino que tienen muchísimos más proyectos mineros que Argentina y en compatibilidad con la protección de sus glaciares”, sostuvo.
Sin embargo, el argumento comparado abre otro frente de discusión: la fortaleza institucional.
Especialistas advierten que Argentina cuenta con una Ley General del Ambiente que establece la obligatoriedad de la evaluación de impacto ambiental, pero no define estándares técnicos uniformes y específicos para su aplicación en minería, lo que deja amplios márgenes de implementación a cada provincia.
Incluso quienes defienden la necesidad de reformar la ley reconocen ese desafío. Pufler coincide en que fortalecer las capacidades institucionales y los mecanismos de control es una condición necesaria para que la evaluación ambiental funcione como herramienta efectiva. En ese sentido, algunos analistas advierten que el retiro del Estado nacional de un rol técnico central podría tensionar aún más ese equilibrio.
El trasfondo global
Más allá del desenlace legislativo, el debate tiene una dimensión que excede el recinto. En la antesala de la PDAC, el resultado será leído como una señal sobre la capacidad de Argentina de ofrecer previsibilidad regulatoria en sectores estratégicos.
En un escenario internacional donde el cobre es considerado un mineral clave para la transición energética, la discusión sobre la Ley de Glaciares no solo redefine criterios técnicos internos. También funciona como indicador de cómo el país equilibra protección ambiental, federalismo y desarrollo productivo ante la mirada del mercado global.