El Gobierno nacional oficializó este martes nuevas reformas en el proceso de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia, el Procurador General y el Defensor General de la Nación. La medida, efectivizada a través del Decreto 467/2026, modifica el procedimiento que regía desde 2003 y busca acelerar la cobertura de vacantes en el máximo tribunal.
Entre los principales cambios, se destaca la eliminación de algunas instancias de participación ciudadana y la reducción de los plazos administrativos que debían cumplirse antes de enviar los pliegos al Senado. Desde el Ejecutivo sostienen que el esquema anterior generaba demoras y duplicaba mecanismos que ya existen en el Congreso.
"La duplicación de las instancias aludidas no solo ralentiza el proceso de cobertura de vacantes, sino que la introducción en sede administrativa de mecanismos que ya se encuentran previstos y se cumplen en la etapa de tratamiento de la solicitud de acuerdo ante el Honorable Senado de la Nación desnaturaliza la etapa de nominación presidencial", reseña el texto en un tramo del Considerando.
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
¿Qué cambia en el procedimiento de designación de los jueces de la Corte Suprema?
Hasta ahora, el proceso estaba regulado principalmente por el Decreto 222/03, que establecía una etapa de publicidad y consulta pública sobre los antecedentes de los candidatos. Durante ese período, organizaciones civiles, instituciones y ciudadanos podían presentar observaciones o impugnaciones antes de que el Poder Ejecutivo remitiera los pliegos al Senado.
Con la flamante normativa, esa instancia deja de realizarse dentro de la órbita del Ministerio de Justicia. El Gobierno argumentó que el reglamento de la Cámara Alta ya contempla procedimientos de publicidad y participación, por lo que mantener ambas representaba una "superposición administrativa".
"La presente medida no implica la supresión de mecanismos de publicidad, transparencia o participación ciudadana en el proceso de designación de magistrados, los cuales continuarán plenamente garantizados mediante el procedimiento constitucional y reglamentario desarrollado ante el Honorable Senado de la Nación y concentrados ante este, para el tratamiento de los Acuerdos respectivos", puntualiza el Decreto 467/2026.
La reforma también acorta los tiempos previstos para avanzar con las postulaciones y simplifica algunos requisitos formales vinculados con la presentación de antecedentes de los candidatos.
Otro de los cambios relevantes es la eliminación de la recomendación para que el Poder Ejecutivo considere criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y procedencia regional al momento de seleccionar a los candidatos para la Corte Suprema. Estos lineamientos habían sido incorporados en el decreto de 2003 con el objetivo de promover una integración más representativa del máximo tribunal.