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El Gobierno nacional dio un nuevo paso en la implementación de la reforma laboral al reglamentar una serie de artículos centrales de la ley de Modernización Laboral. La medida introduce cambios en el funcionamiento de los convenios colectivos, las asociaciones sindicales, las empresas de servicios eventuales y las plataformas digitales, además de establecer un nuevo esquema el registro de empleados y para los recibos de sueldo.

La reglamentación forma parte de la estrategia de la administración de Javier Milei para poner en marcha uno de los pilares de su agenda de reformas económicas, con el objetivo declarado de flexibilizar el mercado laboral, reducir costos administrativos y otorgar mayor transparencia a las relaciones de trabajo.

Qué cambia en los convenios colectivos

Uno de los aspectos más relevantes de la reglamentación está vinculado a la negociación colectiva. El nuevo esquema profundiza la posibilidad de adaptar condiciones laborales a nivel sectorial o empresarial y busca dotar de mayor flexibilidad a los acuerdos entre trabajadores y empleadores.

La reforma laboral aprobada este año ya había introducido modificaciones en la vigencia de los convenios colectivos, eliminando la ultraactividad automática e indefinida. Con la reglamentación publicada este lunes, el Ejecutivo avanza en la instrumentación práctica de esas disposiciones.

Los principales cambios

Recibos de sueldo más detallados

Entre las novedades más visibles para los trabajadores aparece la creación de un nuevo formato obligatorio de recibo de sueldo.

A partir de la reglamentación, los empleadores deberán incluir información más amplia sobre el costo laboral total de cada empleado, discriminando aportes, contribuciones y otros conceptos asociados a la relación laboral.

Según la normativa, el objetivo es que el trabajador pueda conocer con mayor claridad cuánto representa su salario dentro del costo total que asume la empresa.

Qué información deberá incluir

Cambios en licencias médicas

Otro de los artículos que se reglamentó fue el 210, que regula las licencias por enfermedad. En ese apartado, se determinó que toda prescripción médica “deberá ser emitida electrónicamente mediante sistema de información o plataforma digital”. Las únicas excepciones serán en casos de falta de conectividad.

Se reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

El Gobierno reglamentó también el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que había sido incluido en la reforma laboral, y que modifica el pago de las indemnizaciones y obligaciones laborales a trabajadores debidamente registrados en el sector privado.

El decreto estableció cómo se conformarán y administrarán estos fondos, a quiénes alcanzarán, cómo se canalizarán los aportes y cuáles serán los procedimientos para la declaración, inversión y utilización de los recursos. La norma determina que el FAL será dirigido a empleadores del sector privado, exceptuando las relaciones laborales expresamente excluidas por la ley y las del sector público.

En relación a cómo se implementará, la disposición señaló que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de la recaudación y derivación de las contribuciones, integrándolas al sistema de la seguridad social, mientras que se establece que el empleador deberá informar un identificador del fondo, denominado “ID FAL”, para permitir la correcta asignación de los aportes.

Nuevas reglas para sindicatos

Otro de los capítulos reglamentados alcanza a las asociaciones sindicales. El decreto establece criterios para la aplicación de las modificaciones incorporadas por la ley y delimita el alcance de algunas facultades gremiales dentro del nuevo marco normativo.

La cuestión sindical fue uno de los puntos más debatidos durante la discusión parlamentaria de la reforma, ya que el Gobierno planteó la necesidad de modernizar las estructuras de representación laboral y reducir lo que considera trabas para la generación de empleo formal.

Plataformas digitales y empresas de servicios eventuales

La reglamentación también avanza sobre sectores que habían quedado pendientes tras la sanción de la ley. En particular, se fijan reglas para las plataformas digitales de reparto y movilidad, así como para las empresas de servicios eventuales, dos modalidades laborales que crecieron de manera sostenida en los últimos años y que habían sido objeto de debate durante el tratamiento legislativo.

El Gobierno sostiene que estas definiciones aportarán mayor seguridad jurídica para empleadores y trabajadores, mientras que sectores sindicales y de la oposición vienen cuestionando distintos aspectos de la reforma por considerar que implican una flexibilización de derechos laborales.

Una etapa clave de la implementación

La publicación del decreto representa uno de los avances más importantes en la puesta en marcha de la reforma laboral sancionada este año. Durante mayo el Ejecutivo ya había reglamentado el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), orientado a promover nuevas contrataciones registradas mediante reducciones en las contribuciones patronales.

Con esta nueva reglamentación, el Gobierno completa otro tramo fundamental del esquema de modernización laboral impulsado por Milei y acelera la aplicación efectiva de cambios que impactan sobre la negociación colectiva, la actividad sindical y la relación cotidiana entre empresas y trabajadores.

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reforma laboral Gobierno sindicatos Licencias por enfermedad