ver más

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) oficializó este miércoles la prohibición de uso, comercialización y distribución de nuevos productos en Argentina.

ANMAT.jpg

A través de las Disposiciones 5034, 5035 y 5036 se dio curso a la inhibición de venta de tres artículos por presentar desde ausencia de las habilitaciones sanitarias necesarias hasta ser catalogados como falsificados.

¿Cuáles son los productos que prohibió la ANMAT?

1) Suplemento nutricional

La ANMAT prohibió este miércoles el uso, la comercialización y la distribución en todo el país del suplemento nutricional Aceite CBD DECORBOXYLATED, 10 ml 5%. De venta libre, vía sublingual y fabricado por Laboratorios por ECONATURAL S.A. de Chile, no logró dar cuenta real de su composición, como tampoco de las condiciones en las que se elaboró y la calidad de las materias primas.

2) Suplemento nutricional y complementos analgésicos

La Disposición 5035 de la ANMAT prohibió hoy el uso, la distribución y la comercialización de todas las presentaciones de los productos identificados como: “CANNATURAL ACEITE CBD SUPLEMENTO NUTRICIONAL, VIA ORAL”, “CANNAVID ACEITE CBD SUPLEMENTO NUTRICIONAL, VIA ORAL”, “CANNATURAL CREMA ANALGÉSICA. USO EXTERNO” Y “ACEITE DE CANNABIS SUPLEMENTO NUTRICIONAL. BIONNATURAL”.

Además, quitó a las firmas “Cannatural” y/o “Cannatural Argentina” el permiso de importar, fabricar, comercializar y distribuir productos que contengan aceite de cannabis, CBD y CBD Y THC, hasta tanto cuenten con las habilitaciones sanitarias necesarias.

Según el texto incorporado en la edición matutina del Boletín Oficial (BORA), los artículos no cumplían con los requisitos mínimos de rotulado exigidos para los medicamentos (composición, numero de autorización, importador/fabricante, responsable técnico, etc.).

"Por lo expuesto, cabe concluir que el producto pretendía disimular que se trataba de un medicamento, refiriendo en su rótulo ser un 'suplemento nutricional' pero afirmando ser efectivo para el tratamiento de varias patologías", amplió la ANMAT.

3) Producto médico falsificado

La ANMAT prohibió este miércoles el uso, la comercialización y la distribución del prodcuto SCULPTRA Poly – L –lactic acid 2 vials, lote 4J1242, Cad./Vto: 02/2028 por falsificado.

Las actuaciones que derivaron en el cerrojo de venta se iniciaron en virtud de una comunicación por correo, remitida por la firma GALDERMA ARGENTINA SA, en la que informa de la oferta por medios electrónicos del producto médico «SCULPTRA Poly – L –lactic acid 2 vials, lote 4J1242, Cad./Vto: 02/2028» que se encuentra registrado en el país bajo su titularidad.

"La responsable técnica de la firma explicó que la empresa comercializó «SCULPTRA, lote 4J1242», en el transcurso del año 2024. Sin embargo, según las imágenes disponibles los productos ofrecidos no se corresponden con productos distribuidos y comercializados por la firma que representa, sino que por sus características visuales se trata de productos falsificados", sumó.

Temas:

ANMAT Argentina

seguí leyendo