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A partir del 1 de julio las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas deberán pasar al formato digital de manera obligatoria según lo dispone la Ley de Receta Electrónica, confirmó el Ministerio de Salud de la Nación.

Las jurisdicciones tendrán 180 días para avanzar en el registro de las diferentes plataformas digitales para emitir recetas y garantizar el acceso a medicamentos y prácticas médicas.

Durante este período de adaptación, las farmacias deberán seguir aceptando las recetas en papel. Además, la receta manuscrita permanecerá como condición de excepción en zonas sin conectividad.

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La receta electrónica o digital es un documento digital de carácter sanitario, confeccionado y firmado por un o una profesional de la salud con firma electrónica o digital, mediante el que se prescribe a un o una paciente medicamentos o se indica cualquier otra práctica o prestación, según establece la Ley 27.553 de Recetas Electrónicas o Digitales.

Cuenta con una vigencia de 30 días para el caso de los medicamentos y de 60 días para otras prescripciones (como prácticas, estudios o prestaciones). Sin embargo, pueden extenderse recetas para tratamientos crónicos para períodos prolongados de hasta 90 días, de acuerdo a la Resolución 27/2022 del Ministerio de Salud.

Esta herramienta implica que el médico emita las prescripciones de medicamentos a través de un soporte digital. Una vez que el documento está debidamente confeccionado, se transmite al paciente mediante distintos canales digitales, como correos electrónicos o plataformas de mensajería instantánea como WhatsApp. Esta flexibilidad facilita que el paciente pueda enviar la receta directamente a la farmacia.

Para poder utilizarla, la receta electrónica debe cumplir los siguientes requisitos: identificación del médico o profesional de la salud (nombre, matrícula, profesión, especialidad, domicilio), código de barra, identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI, sexo), medicamento identificado por su nombre genérico o denominación común internacional, diagnóstico, fecha de emisión y firma digital del profesional.

Cómo será la adaptación al nuevo sistema

Todos los sistemas de información y plataformas digitales vinculados a la salud digital deberán inscribirse al Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS), creado por el Ministerio de Salud de la Nación mediante la Resolución 1959/2024. Las plataformas de recetas electrónicas que ya funcionan en la actualidad podrán emitir sus recetas con normalidad mientras se registran y readecuan.

Esta etapa de implementación incluye la adhesión sucesiva de las provincias a la modalidad de prescripción de receta electrónica y la registración de sus plataformas en el ReNaPDiS. En este marco, el Ministerio de Salud confirmó que tiene en agenda “comenzar un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de plataformas digitales, de profesionales y de recetarios”.

La receta manuscrita permanecerá como condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema, según confirmó la cartera sanitaria.

Para los profesionales de la salud, la medida implica la necesidad de registrarse en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA). “Este dato es fundamental para validar al profesional prescriptor de una receta electrónica”, indica el organismo. A su vez, todos los ciudadanos podrán acceder al SISA para verificar si un profesional de la salud está matriculado y habilitado.

El Ministerio de Salud de la Nación habilitó una página web de “Receta Electrónica” que cuenta con información, instructivos y requisitos para la población general, profesionales, farmacias y plataformas.

Por consultas puntuales, se encuentran disponibles la línea telefónica 0800 (0800-222-1002) y la casilla oficial de correo electrónico receta@msal.gov.ar.

¿Qué ventajas tiene la adopción de la receta electrónica y qué críticas despierta?

El Ministerio de Salud de la Nación destacó entre los posibles beneficios que la adopción de la receta electrónica vuelve “más segura y eficiente la prescripción base a los estándares definido”, garantiza “su emisión realizada por un profesional en ejercicio matriculado y habilitado, asegura “la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega”, y “simplifica instancias administrativas”.

Por su parte, un comunicado publicado por la Confederación Farmacéutica Argentina advierte que, para que la prescripción electrónica sea posible y operativa, “deben tenerse en cuenta cuestiones que aún no están resueltas como la interoperabilidad del sistema”.

Qué pasará en las 24 jurisdicciones del país

Esta implementación se llevará a cabo en colaboración con las autoridades de cada una de las 24 jurisdicciones.

La nueva regulación requiere que, de ser necesario, estas últimas impulsen legislaciones adicionales para alinear sus normativas sobre práctica profesional y sanciones con los nuevos estándares establecidos.

A su vez, prevé la llegada de un Diccionario Nacional de Medicamentos, que buscará garantizar la uniformidad en la prescripción de medicamentos en todo el país.

Las ventajas de la receta electrónica obligatoria, según especificaron desde el Ministerio de Salud, trae con sí múltiples beneficios en comparación a la receta en papel, como la mejora la legibilidad y reduce errores de prescripción: aumenta la claridad de las recetas, minimizando los errores en la prescripción de medicamentos.

También previene adulteraciones, aumentando así la eficiencia y seguridad en la dispensación de fármacos y facilita la identificación profesional: permite una fácil identificación de los profesionales de la salud autorizados para prescribir medicamentos.

Además mejora del seguimiento de tratamientos y posibilita un control más efectivo del tratamiento de los pacientes, asegurando un seguimiento adecuado desde la prescripción hasta la dispensación.

Temas:

recetas médicas digitales

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