ver más

El Tribunal Supremo de España ha irrumpido con fuerza en el debate migratorio al advertir formalmente que el régimen extraordinario de regularización de personas extranjeras aprobado por el Gobierno suscita graves dudas de legalidad por una posible colisión directa con el Derecho de la Unión Europea y, de manera específica, con el nuevo Pacto de Migración y Asilo. En una providencia fechada el 24 de junio, la Sala Tercera del Alto Tribunal ha abierto la puerta a una paralización cautelar del proceso, activando los mecanismos para elevar una cuestión prejudicial interpretativa ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

Supremo evalúa frenar la regularización de extranjeros en España

La resolución del Alto Tribunal responde a los recursos contencioso-administrativos interpuestos por los gobiernos de la Comunidad Valenciana y de Aragón. Mediante este escrito, los magistrados no solo ponen en entredicho el encaje normativo de la medida del Ejecutivo central, sino que otorgan un plazo de cinco días de audiencia a las partes comparecientes para que formulen alegaciones sobre la procedencia de recurrir formalmente al tribunal de Luxemburgo.

más Noticias

La trascendencia de este movimiento radica en que el propio Tribunal Supremo español ostenta la facultad de decidir, de forma autónoma, la paralización cautelar de todas las tramitaciones administrativas asociadas al Real Decreto mientras se dirime si el texto vulnera el marco estatutario comunitario. Esta postura representa un giro cualitativo respecto al posicionamiento manifestado el pasado 22 de mayo, fecha en la que el tribunal rechazó suspender la norma a petición de la Comunidad de Madrid y de Vox. En esta segunda instancia, un panel de siete magistrados sí ha entrado de lleno al fondo del asunto, concluyendo la existencia de dudas razonables.

Las solicitudes desbordan las estimaciones del Gobierno hasta los 1,2 millones

La intervención judicial coincide de forma exacta con la fecha límite de finalización del proceso extraordinario. El Real Decreto, que entró en vigor el pasado 14 de abril y cuyo plazo de presentación de solicitudes concluye este martes, ha desbordado por completo el escenario previsto por los ministerios competentes.

Según los registros oficiales del proceso, ya se contabilizan más de 1,2 millones de solicitudes de regularización en el sistema. Esta cifra, tal como ha subrayado públicamente el Sindicato Unificado de Policía (SUP), duplica con creces la estimación inicial manejada por el Gobierno de España, que situaba el alcance potencial de la medida en el entorno de las 500.000 personas. El volumen real de expedientes agrava la complejidad técnica y operativa de un procedimiento cuya legalidad queda ahora bajo estricto escrutinio judicial.

Los seis bloques de incompatibilidad con el Derecho de la UE

La Sala Tercera del Supremo destaca en su providencia seis bloques argumentales específicos donde se manifiestan las incompatibilidades entre la medida española y el ordenamiento jurídico comunitario:

Tensiones en el Consejo Europeo por el impacto de la política migratoria española

Las implicaciones de la medida adoptada por el Ejecutivo español no se limitan al plano estrictamente judicial interno, sino que han desencadenado fricciones políticas directas en el seno de las instituciones de la Unión Europea. Durante la celebración del último Consejo Europeo del curso, diversos jefes de Estado y de Gobierno afearon de forma explícita el contenido y la escala del decreto al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

En el transcurso de los debates multilaterales entre los líderes de los Veintisiete, la primera ministra de Dinamarca, Mette Frederiksen, y la primera ministra de Italia, Giorgia Meloni, manifestaron un rechazo frontal a la regularización masiva de forma unilateral. De acuerdo con las fuentes del encuentro, Meloni recriminó directamente al mandatario español el impacto de su legislación sobre el resto de las fronteras interiores, trasladándole la máxima de que "lo que haces afecta a otros países". A este bloque de quejas y cuestionamientos políticos por la falta de una estrategia coordinada se sumaron también de manera expresa las delegaciones gubernamentales de Hungría y de Bélgica.

División en la firma de la providencia del Alto Tribunal

Pese a que el análisis de fondo de los recursos ha sido acometido por el pleno de siete magistrados que componen la sección correspondiente de la Sala Tercera, la providencia de apercibimiento legal cuenta únicamente con la firma explícita de tres de ellos: Wenceslao Olea, Carlos Lesmes y Fernando Román.

La composición de este núcleo de firmantes guarda una correlación directa con los antecedentes jurídicos del caso. Los magistrados Olea y Román ya suscribieron en su momento un voto particular discrepante contra la resolución del pasado 22 de mayo que rechazó suspender la norma de forma cautelar. En dicho voto particular, ambos juristas consideraron de forma taxativa que el Real Decreto español chocaba con la normativa comunitaria, un criterio que hoy fundamenta la base de la resolución judicial que amenaza con congelar el proceso de regularización.

Temas:

Justicia migrantes España

seguí leyendo