Empieza el período de declaración de la Renta 2026.
A partir de este miércoles 8 de abril, los contribuyentes de España podrán acceder a la plataforma RentaWEB para gestionar su declaración correspondiente al ejercicio 2025. El plazo quedará abierto hasta el 30 de junio, permitiendo consultar borradores, realizar modificaciones y formalizar el envío mediante certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia.
Para quienes opten por canales no telemáticos, el plan 'Le Llamamos' de asistencia telefónica comenzará el 6 de mayo, requiriendo cita previa desde el 29 de abril. Asimismo, la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria se habilitará el 1 de junio, con un sistema de reserva de citas que estará operativo a partir del 29 de mayo.
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La declaración podrá hacerse online, por teléfono o de manera presencial.
Novedades en deducciones y fiscalidad del ahorro
Una de las modificaciones más destacadas de este año afecta a las rentas del capital, con la creación de un nuevo tramo para grandes patrimonios. Las ganancias patrimoniales que excedan los 300.000 euros tributarán al 30%, mientras que los tramos inferiores se mantienen estables, comenzando con un 19% para los primeros 6.000 euros.
En los beneficios fiscales, destaca el incremento en la deducción por donaciones a ONG, que sube al 80% para los primeros 250 euros. Además, se mantienen los incentivos por la instalación de puntos de recarga y compra de vehículos eléctricos, y quedan exentas de la tributación las ayudas públicas recibidas por catástrofes naturales, como la DANA o incendios forestales.
Nuevos umbrales de exención para las rentas bajas
La campaña introduce alivios significativos para los salarios más bajos, elevando el límite de ingresos para no estar obligado a declarar. Las personas que perciban el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), con ingresos inferiores a 16.576 euros anuales, están exentas. Además, aquellos que tengan un solo pagador y sus ingresos no superen los 22.000 euros anuales, tampoco deben presentar la declaración.
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Aquellos que no superen los 22.000 euros de ingresos anuales, no deberán hacer declaración.
Adicionalmente, se mantiene una deducción específica de hasta 340 euros para trabajadores que superen ligeramente estos límites, reduciéndose de forma gradual hasta los 18.276 euros anuales. Esta medida busca suavizar la progresión fiscal y ofrecer un alivio directo a los contribuyentes con menores ingresos.
Reducciones por alquiler de vivienda habitual
Para los contratos de alquiler firmados a partir del 1 de enero de 2025, los propietarios cuentan con un nuevo esquema de reducciones fiscales basado en el uso de la vivienda. Si la vivienda se ubica en una zona "tensionada", y se rebaja el precio del alquiler un 5% respecto al año anterior, la reducción es del 90%.
Existen otros tramos del beneficio, como la reducción del 70% si el inquilino tiene entre 18 y 35 años o si la vivienda está en una zona tensionada. Asimismo, se contempla un 60% de reducción para viviendas rehabilitadas recientemente y un 50% para el resto de los casos, siempre que el inmueble sea la vivienda habitual del inquilino.