Un juzgado de Madrid ha dictado sentencia contra Meta, obligando a la compañía a pagar 479 millones de euros a 87 editoras de prensa digital española y agencias de noticias, agrupadas en la Asociación de Medios de Información (AMI).
La condena se basa en la acusación de que Meta obtuvo una ventaja competitiva desleal al utilizar datos personales de usuarios de Facebook e Instagram para insertar publicidad sin el consentimiento válido, infringiendo las normativas europeas de protección de datos.
El fallo: Meta violó la legislación europea
El Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid, presidido por el juez Teodoro Ladrón Roda, ha considerado que Meta utilizó indebidamente datos personales entre el 25 de mayo de 2018 y el 31 de julio de 2023. Esto ocurrió sin obtener el consentimiento expreso de los usuarios, tal y como exige el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea. Según la sentencia, Meta violó la legislación europea para fortalecer su negocio publicitario, lo que afectó negativamente los ingresos de los medios de información.
El juez determinó que este abuso de datos personales proporcionó a Meta una "ventaja competitiva desleal", al poder procesar y utilizar una cantidad de datos mucho mayor que los competidores, lo que le permitió ofrecer publicidad personalizada de manera más eficiente que otros medios digitales. Según la ley de Competencia Desleal, el tribunal considera que este comportamiento generó una ventaja ilícita para Meta.
Impacto económico y resarcimiento a las partes afectadas
Los medios de comunicación y las agencias de noticias acusaron a Meta de abusar de su dominio en el mercado publicitario digital, violando la privacidad de los usuarios y obteniendo una ventaja imposible de igualar para sus competidores. El dinero obtenido de manera ilícita por Meta será repartido entre los demandantes en función de su cuota de mercado en el ámbito de la publicidad digital.
Un precedente para el sector publicitario europeo
La resolución, que aún no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, podría establecer un precedente relevante en el sector publicitario español y tener repercusiones más amplias en el ámbito europeo. Esta sentencia subraya el creciente control de las autoridades judiciales sobre el uso de datos personales y las prácticas de publicidad digital en las grandes plataformas tecnológicas.