El Supremo confirma la condena a un sargento por comentarios sexuales y vejatorios contra una soldado
El Tribunal Supremo ratifica la pena de prisión y suspensión de empleo para un sargento por verter insultos de índole sexual y vejatorios contra una soldado. Usaba apodos para humillar a los efectivos bajo su cargo.
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año de cárcel impuesta a un sargento del Ejército de Tierra. El suboficial fue declarado culpable de dos delitos de abuso de autoridad, en su modalidad de injurias a un subordinado, tras humillar a una soldado frente a sus compañeros.
Los hechos, ocurridos en 2020 y 2021, incluyen comentarios "objetivamente ofensivos y vejatorios" realizados ante otros compañeros. Según la sentencia, las expresiones le causaron a la víctima una situación de "humillación y vergüenza" dentro del ámbito militar, además de dañar su dignidad y estima personal.
Expresiones de "connotación sexual" y cosificación
El tribunal de instancia destacó la "incontestable" gravedad de los comentarios del sargento. Tras un ejercicio de tiro, el condenado instó a la soldado a subir al camión afirmando que sus compañeros le iban a realizar una práctica sexual grupal.
La sentencia subraya que esta expresión encierra una "cosificación evidente" donde la dignidad de la mujer queda totalmente anulada. Los jueces calificaron estas conductas como hostiles y ultrajantes, rechazando cualquier intento de normalización dentro de las relaciones jerárquicas o de compañerismo en las Fuerzas Armadas.
Comentarios cuestionando la orientación sexual de la víctima
En otro episodio, esta vez ocurrido en 2021, el sargento volvió a realizar comentarios ofensivos a la soldado en presencia de otros efectivos. En esta ocasión, utilizó un cambio en el corte de pelo de la subordinada para cuestionar de forma "gratuita e innecesaria" su orientación sexual.
A pesar de que el acusado intentó justificar sus palabras alegando dudas sobre si el peinado era reglamentario, el tribunal rechazó este argumento de forma tajante. La resolución considera que los comentarios fueron "objetivamente ultrajantes" y supusieron injurias graves que no tienen justificación profesional o militar.