El Banco Central habilita a las empresas a comprar dólar mayorista: cambios y condiciones
La medida del Banco Central busca que puedan precancelar deudas en moneda extranjera bajo condiciones de refinanciación.
La medida del Banco Central busca que puedan precancelar deudas en moneda extranjera bajo condiciones de refinanciación.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) habilitó el acceso de empresas al mercado oficial de cambios para comprar dólar mayorista. El objetivo es que puedan precancelar deudas en moneda extranjera emitidas en el mercado local, bajo condiciones de refinanciación.
La decisión quedó formalizada en la Comunicación “A” 8390 y aplica a obligaciones en dólares contraídas en el país -por ejemplo, obligaciones negociables (ON) y préstamos en moneda extranjera otorgados por entidades financieras locales- y exige que la precancelación se vincule con el ingreso de nuevo financiamiento en dólares que extienda plazos.
Hasta esta modificación, el régimen cambiario habilitaba la compra de divisas en el mercado oficial para atender pagos en moneda extranjera en el momento del vencimiento, mientras que la cancelación anticipada quedaba más limitada por requisitos regulatorios.
Con la Comunicación “A” 8390, el BCRA incorporó una vía que permite el acceso al dólar mayorista para la precancelación de capital e intereses si la empresa obtiene, de forma simultánea, una nueva fuente de financiamiento en moneda extranjera, de modo que la operación no implique una demanda neta adicional de divisas.
Según lo informado por distintos medios sobre el contenido de la Comunicación “A” 8390, la operatoria queda sujeta a requisitos que apuntan a extender vencimientos y acotar concentraciones de pagos en el corto plazo:
Simultaneidad entre la precancelación y la liquidación de fondos provenientes de una nueva emisión de deuda o de un nuevo préstamo en moneda extranjera.
Extensión de plazos: la vida promedio del nuevo endeudamiento debe superar la vida promedio remanente de la deuda que se cancela.
Perfil de vencimientos: el cronograma de pagos de capital del nuevo instrumento no puede superar, hasta la fecha de vencimiento de la deuda original, el monto acumulado que hubiera correspondido por los vencimientos de capital de la deuda a cancelar.
Alcance: la norma contempla deuda en dólares originada en el mercado local, con referencias a ON y financiamiento en moneda extranjera otorgado por entidades financieras locales. Algunas coberturas periodísticas mencionan precisiones operativas adicionales para acreditar la simultaneidad en casos de préstamos, con ventanas de horas hábiles bajo certificación de la entidad otorgante.
La actualización regulatoria se publica en un contexto de mayor volumen de emisiones corporativas en dólares, con operaciones que combinan colocaciones nuevas y reemplazo de pasivos preexistentes. En ese marco, el cambio normativo habilita que una empresa reemplace deuda por otra con plazos más extensos y use el mercado oficial para cancelar el pasivo original, siempre que el ingreso del nuevo financiamiento forme parte de la misma operatoria.
El esquema se inserta en un marco cambiario que, desde abril de 2025, registró cambios en el régimen de acceso al mercado de cambios y en el funcionamiento del tipo de cambio oficial dentro de bandas, según documentos públicos del BCRA sobre el mercado de cambios y el balance cambiario.
La iniciativa, presentada en Cadena Nacional, tomará estado parlamentario el lunes en la Cámara de Diputados para luego avanzar con su giro a las comisiones.
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