ver más

El Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025, con el que el Gobierno reformuló la Ley de Inteligencia Nacional, enfrenta una escalada de denuncias y acciones judiciales que cuestionan su constitucionalidad y advierten sobre un avance de los organismos de inteligencia sobre derechos fundamentales. A pocos días de su publicación, ya fue cuestionado por legisladores, exfuncionarios, fundaciones y dirigentes políticos.

Las primeras advertencias llegaron desde el Congreso por parte de los diputados Esteban Paulón, Mónica Frade y Maximiliano Ferraro, quienes recibieron el borrador del decreto. Una vez publicado, presentaron un amparo. El principal foco de la crítica estuvo puesto en el nuevo artículo 2 bis, que declara como “encubiertas” todas las actividades desarrolladas en el ámbito de la Inteligencia Nacional, bajo el argumento de reducir el “Riesgo Estratégico Nacional”.

Según los legisladores, esta cláusula amplía de manera discrecional el margen de actuación de los organismos de inteligencia y debilita los mecanismos de control institucional. En su presentación judicial solicitaron la suspensión inmediata del decreto y la declaración de su inconstitucionalidad, al considerar que habilita prácticas de vigilancia y persecución política, con especial impacto sobre periodistas y dirigentes opositores.

El cuestionamiento central apunta a la facultad otorgada al personal de inteligencia para proceder a la “aprehensión” de personas en casos de flagrancia, dentro de un régimen de actividades encubiertas. Para los denunciantes, se trata de una atribución ajena a la función de inteligencia y propia de las fuerzas de seguridad, que solo puede ser regulada por el Congreso mediante una ley formal.

En el amparo presentado por Paulón, Frade y Ferraro se sostiene que el DNU viola las facultades exclusivas del Poder Legislativo previstas en los artículos 75 y 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, además de contradecir tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional.

Las nuevas denuncias contra el DNU de la SIDE

A este planteo se sumó otro recurso judicial promovido por referentes radicales que formaron parte del gobierno de Raúl Alfonsín. Leopoldo Moreau, Miguel Ángel Pierri, Federico Storani, Luis Alberto Cáceres, Manuel Garrido, Eduardo Santín, Ricardo Terrile y Ricardo Alfonsín solicitaron ante la Justicia la suspensión de los artículos más sensibles del decreto, al advertir que introduce un esquema de inteligencia incompatible con el sistema democrático y republicano.

En paralelo, el DNU también derivó en denuncias penales. María Eugenia Talerico denunció a Santiago Caputo, al lobista Barry Bennett y al empresario Leonardo Scatturice por un contrato celebrado entre la SIDE y una consultora privada de lobby internacional. Si bien desde el oficialismo se cuestionó públicamente la presentación —incluso poniendo en duda su autoría—, la denuncia quedó formalmente radicada y pasó a integrar el conjunto de causas vinculadas al decreto.

La ofensiva judicial más reciente fue presentada el lunes 5 de enero por la Fundación Apolo, que interpuso una acción de amparo contra el Estado Nacional para que se declare la inconstitucionalidad y anticonvencionalidad del DNU 941/25. La presentación fue realizada por el exlegislador porteño Yamil Santoro y un equipo de abogados de la fundación, y quedó registrada como causa 3/2026 ante el Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Federal de Feria, a cargo de Edgardo Walter Lara Correa.

Cóctel Día de la Independencia de Uruguay

Yamil Santoro denunció el DNU 941/25 a través de su fundación.

En el escrito, la Fundación solicitó una medida cautelar urgente para suspender de inmediato la vigencia del artículo 19 del decreto. Argumentó que la norma habilita a organismos de inteligencia -cuya función no es la seguridad pública ni la persecución penal- a detener personas sin control judicial inmediato, bajo un régimen de actividades encubiertas y mediante un instrumento que no tiene rango de ley.

Según la presentación, esta habilitación normativa configura una afectación actual y continua de la libertad personal, la seguridad individual y las garantías del debido proceso. El amparo sostiene que el DNU viola de manera manifiesta los artículos 18, 28 y 99 inciso 3 de la Constitución Nacional y resulta incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que exige que toda restricción a derechos fundamentales sea dispuesta por ley y bajo control judicial efectivo.

Con múltiples causas en marcha y nuevos actores sumándose al frente judicial, el DNU 941/2025 quedó bajo la lupa de los tribunales, que deberán definir si el Gobierno puede avanzar por decreto sobre un área sensible como la privación de la libertad y el funcionamiento del sistema de inteligencia. Desde Casa Rosada ya advirtieron que apelarán a la medida y buscan apoyo suficiente para que el Congreso apruebe esta medida.

El proyecto de ley de Capitanich

Entre medio, el exgobernador de Chaco y senador nacional, Jorge Capitanich, presentó un proyecto para anular por ley el DNU, mediante el cual el Poder Ejecutivo avanzó en una reforma integral de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520: "Es inconstitucional, discrecional y peligroso ya que consolida la lógica del enemigo, habilita el espionaje por razones políticas, sindicales o periodísticas -prácticas expresamente prohibidas por la ley 27.126 que el propio DNU 614 de 2024 derogó-, impide el control democrático entre poderes y convierte a organismos como el ReNaPer y la ARCA en brazos ejecutores de la vigilancia estatal, vulnerando las libertades individuales de los ciudadanos".

"No existe para tal medida la necesidad y urgencia exigidas en la Constitución Nacional, pudiendo haber incluido el tratamiento de una reforma de la Ley de Inteligencia en las sesiones extraordinarias del mismo modo que se hizo con el presupuesto, la Ley de inocencia fiscal y la reforma laboral. Este no es solo un DNU", señaló el chaqueño.

Además, añadió: "Es la consolidación, vía decreto, de un sistema de control y vigilancia que cercena libertades, concentra poder de manera extrema y nos retrotrae a épocas que creíamos superadas. Es un golpe a la división de poderes y un salto al abismo institucional. El Congreso debe reafirmar su autoridad y derogar este instrumento inconstitucional".

Los objetivos del DNU de inteligencia

Al disolver la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica, que estaba bajo el ala del Ministerio de Defensa, la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) -a cargo de Santiago Caputo- queda como órgano principal del Sistema de Inteligencia Nacional. Además, se habilita a los organismos de esta área a cumplir funciones policiales en el marco de investigaciones judiciales, criminales o de interés de la inteligencia nacional.

El Gobierno insiste en que el objetivo es tener un sistema de inteligencia “moderno, profesional y eficiente, alineado con los más altos estándares democráticos y republicanos”. Al unificar más funciones dentro de la SIDE, en base a lo que marca el DNU, se actúa de forma más rápida y coordinada.

Temas:

DNU Inteligencia denuncias SIDE Santiago Caputo

seguí leyendo