13 de febrero 2025 - 9:11hs

La medida, reglamentada a través de la Disposición 1005/2025 publicada en la edición del Boletín Oficial (BORA), se adoptó a partir de un reclamo proveniente de la empresa Molinos Río de la Plata S.A, ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), debido a que detectó la transacción de un artículo fuera de legalidad alguna que llevaba el nombre de su marca y rotulado.

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"La empresa Molinos Río de la Plata S.A informó que detectó la comercialización del producto investigado, debido a que el envase presenta algunas diferencias con el envase original, en dos locales que se encuentran situados en la provincia de Buenos Aires y aportó los tickets/facturas de compra", detalló la ANMAT en un tramo del Considerando.

De esta forma, al concluir en el carácter apócrifo del artículo, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea.

¿Cuál es el aceite de girasól que prohibió la ANMAT?

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Según se detalló el artículo 1° de la Disposición 1005/2025 emitido este jueves, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto falsificado bajo la presentación “Aceite de girasol libre de gluten, marca Cocinero, Cont. Neto 1.5L, ENV: 2024/08/06, VENC: 06.08.26, MOLINOS RÍO DE LA PLATA S.A - Avda. Presidente Manuel Quintana N° 192, piso 1 (C1014ACO) CABA. ASSAL R.N.E N° 21-001794, RNPA N° 21-093402” por ser un producto falsificado, carecer de registros sanitarios, y estar falsamente rotulado al consignar los datos que pertenecen a un producto legítimo, resultando ser un producto ilegal.

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