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La derrota del miércoles del Gobierno español en el Congreso respecto a la caída del Decreto Ómnibus (Real Decreto-ley 9/2024) continúa en agenda. Es que no sólo se afectó a la suba de las pensiones mínimas y las ayudas al transporte, sino que también reinstauró el régimen legal aplicable en caso de desalojo de personas vulnerables sin alternativa habitacional.

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El texto de hasta 140 páginas con medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social ya sin vigencia, incluída el llamado "escudo social" que impedía la salida de okupas e inquiokupas de las viviendas en casos determinados.

¿Qué decía el Decreto Ómnibus sobre el desalojo de okupas en viviedas alquiladas?

Con el objetivo de que nadie quede fuera, el Gobierno español reguló en 2020 determinadas protecciones para aquellos colectivos que, por su vulnerabilidad, puedan ser objeto de desahucio de viviendas alquiladas mediante la suspensión de este escenario.

Establecido hasta el 31 de diciembre de 2023, el Decreto Ómnibus contemplaba una prórroga más hasta finales de 2025. El grupo beneficado debía presentar dos condiciones troncales:

Alquileres | Ya es oficial: cómo se llevarán a cabo los desalojos de okupas de viviendas

Con la caída del Decreto Ómnibus (Real Decreto-ley 9/2024), la velocidad en los procesos judiciales no cambia; es decir, los juicios seguirán funcionando sin alteraciones.

El cambio radica entonces en la existencia de una sentencia firme. A partir de esta última a favor del propietario, se podrá avanzar con el desalojo de los okupas e inquiokupas, aunque sean vulnerables y no tengan otra alternativa habitacional.

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