El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles el nuevo decreto "ómnibus" en el que se incluye medidas antidesahucios, entro otras, aunque también la creación de un fondo de garantías públicas para compensar a los caseros ante escenarios de "okupas" o morosidad de viviendas.
Pactado entre el Gobierno y Junts, las 29 medidas sociales, volverán a estar en vigor desde el jueves, mientras que el alza de las pensiones se recuperará con efectos retroactivos desde el 1 de enero.
"Debe atenderse a la realidad social y económica de los hogares en el actual contexto caracterizado por determinadas dinámicas de crecimiento de precios e insuficiencia de oferta asequible de vivienda, así como de sobreexposición financiera de los hogares al pago del alquiler, extendiendo determinadas medidas de protección en situaciones de vulnerabilidad en materia de vivienda que fueron introducidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19", detalló el texto en su capítulo V.
BOE | ¿Qué dice el decreto "ómnibus" sobre las viviendas?
El nuevo decreto "ómnibus" establece la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2025 de los procedimientos de desahucio y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos, así como, en consonancia, la posibilidad de solicitar hasta el 31 de enero de 2026 compensación por parte del arrendador o propietario recogida en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
Desalojos de viviendas.jpg
Además, se prevé la creación de una línea de avales por cuenta del Estado para la cobertura en caso de impago en el alquiler de vivienda para jóvenes y familias vulnerables, cuyas condiciones se determinarán reglamentariamente.
Por su parte, se aplicará, hasta el 31 de diciembre de 2025, la garantía de suministro de agua y energía a consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social definidas en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos.
Además, se aplicarán también los valores extraordinarios de los descuentos del bono social, aprobados en el contexto de crisis energética, a través de la extensión de la senda decreciente que permitirá alcanzar el régimen permanente de estos descuentos a partir del 1 de enero de 2026, frente al 1 de julio de 2025 como se había planteado inicialmente.
Alquileres, desalojos y nueva garantía explicado en tres puntos
1) Prórroga de las ayudas para agua y energía, así como el bono social para personas vulnerables o en riesgo de exclusión social.
2) Suspensión los desahucios a familias en situación de vulnerabilidad.
3) Avales y garantías para que los propietarios puedan evitar pérdidas en caso de impago por parte de los inquilinos.