3 de febrero 2025 - 15:00hs

La Campaña de la Renta 2024 correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, ya tiene fechas oficiales. Según el calendario publicado por la Agencia Tributaria (AEAT), los contribuyentes podrán presentar su declaración desde el 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025.

Sin embargo, es importante conocer las condiciones para determinar quiénes están obligados a realizar este trámite y los plazos específicos según la modalidad elegida.

Fechas clave para la campaña de la Renta

  • 2 de abril: Inicio de la presentación de la declaración de manera online a través de Renta Web o la app móvil de la AEAT.
  • 6 de mayo: Comienza la atención telefónica para realizar la declaración.
  • 2 de junio: Apertura del plazo para solicitar cita previa y presentar la declaración de forma presencial en las oficinas de Hacienda.
  • 25 de junio: Fecha límite para declaraciones con resultado a ingresar que se domicilien.
  • 30 de junio: Último día para presentar la declaración en cualquier modalidad.
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    Todos los requisitos que hay que tener en cuenta para presentar la Declaración de la Renta 2025 en España.

    Todos los requisitos que hay que tener en cuenta para presentar la Declaración de la Renta 2025 en España.

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¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de la Renta en 2025?

No todos los ciudadanos deben presentar la declaración de la Renta. Los principales casos obligatorios son:

  • Trabajadores por cuenta ajena:

    • Rentas del trabajo superiores a 22.000 euros anuales de un único pagador.
    • Rentas superiores a 15.876 euros si se han recibido de dos o más pagadores y el importe del segundo y sucesivos supera los 1.500 euros.
  • Autónomos:

    • Todos los trabajadores autónomos dados de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) deben realizar la declaración.
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      Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta.

      Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta.

  • Perceptores de prestaciones por desempleo:

    • Aquellos que hayan cobrado prestaciones contributivas o subsidios por desempleo, según lo regulado en el Real Decreto 2/2024.
  • Otros casos:

    • Personas con ingresos por rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales superiores a 1.600 euros.
    • Contribuyentes con ingresos por alquileres o actividades económicas.

Están exentos de presentar la Declaración de la Renta aquellos cuyos ingresos no superen los límites establecidos (22.000 euros o 15.876 euros, según los casos mencionados) o que solo tengan rentas exentas de tributación, como indemnizaciones por despido o ciertas ayudas públicas.

Temas:

Declaración de la Renta España 2025

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