El pasado 30 de septiembre, la presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, solicitó la "reforma parcial de la Ley Constitucional contra el Odio" para "corregir desviaciones en su aplicación". La norma, aprobada en 2017, ha sido señalada como un instrumento de persecución contra la disidencia, los partidos políticos y los medios de comunicación independientes.

El Parlamento avanzó en el trámite y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la conformidad constitucional del texto, por lo que el proyecto solo requiere la sanción definitiva. Aunque la ONG Espacio Público reconoce avances, advierte que la iniciativa "mantiene mecanismos que han permitido criminalizar a personas consideradas de oposición política, periodistas, activistas y ciudadanía por ejercer el derecho a la libre expresión".

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Delcy Rodríguez

La ley vigente castiga con penas de entre 10 y 20 años de prisión a quien fomente o incite al odio a través de cualquier vía de difusión. El texto faculta al Estado a revocar la concesión a emisoras de radio y canales de televisión que difundan contenidos considerados como "propaganda a favor de la guerra o apología del odio", a ordenar el bloqueo y multas contra plataformas digitales, y a retirar la legalidad o vetar la inscripción de partidos políticos bajo señalamientos de intolerancia.

Al evaluar los cambios, Espacio Público destacó que "el proyecto elimina las penas de 10 a 20 años de prisión, el agravante genérico, la revocatoria de concesiones, el bloqueo de portales y la prohibición de inscribir partidos políticos, e incorpora una prohibición expresa de las medidas privativas de libertad".

De acuerdo con Foro Penal, otra ONG dedicada a los derechos humanos, desde la entrada en vigencia del instrumento legal a 927 personas se les imputó el delito de instigación al odio, de las cuales seis "siguen privadas de su libertad y 638 siguen sujetas a medidas cautelares".

Mecanismos de control

Al analizar los aspectos en los que la reforma es incompleta, Espacio Público destaca que el proyecto "conserva la censura en plataformas y medios. Las empresas que administran redes sociales siguen obligadas a retirar 'inmediatamente' los contenidos, sin orden judicial. El Estado puede seguir ordenando la difusión de mensajes, y el deber de difundir contenidos se extiende a todo prestador de servicios de comunicación e información".

Si bien se elimina la pena de cárcel se mantiene la discrecionalidad para aplicar multas severas. "El ministerio con competencia en justicia, que dirige los cuerpos policiales, instruirá y decidirá los procedimientos. Las multas van de 500 a 10.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, es decir, entre 500 y 10.000 euros", explica Espacio Público.

"Para quien percibe el ingreso mínimo integral, eso equivale a entre algo más de dos meses y casi cuatro años de ingresos. A las multas se suman entre 200 y 600 horas de trabajo comunitario", agrega.

Otro aspecto cuestionado son las definiciones imprecisas de las conductas sancionables. La ONG señala que el "hostigamiento" se define por el "temor, angustia o zozobra" que cause una conducta; el "mensaje discriminatorio" incluye la opinión política, y la "convivencia democrática" protege el funcionamiento de las instituciones. Asimismo, advierte que los artículos que prohíben el odio "político, social, ideológico" y la "intolerancia" en medios y redes sociales no cambiaron.

Asimismo resalta que la reforma "no ordena el sobreseimiento de las causas abiertas, la libertad de las personas detenidas, la eliminación de antecedentes, el levantamiento de los bloqueos ni la restitución de las concesiones revocadas".

Las recomendaciones

Frente a estas limitaciones, Espacio Público exigió a la Asamblea Nacional la derogación total de la Ley y el establecimiento de un régimen transitorio que garantice el sobreseimiento de las causas abiertas, la libertad plena de los procesados, la anulación de antecedentes, el cese de los bloqueos digitales, la restitución de concesiones y la reparación integral a las víctimas.

De mantenerse la vía de la reforma, la organización demandó que el texto se ajuste a los estándares internacionales del Plan de Acción de Rabat para castigar únicamente la incitación intencional a la violencia, transfiera a jueces independientes la fijación de responsabilidades y suprima la censura inmediata de contenidos.

Asimismo, reclamó la publicación íntegra del proyecto y un cronograma de consulta pública amplia que involucre a gremios periodísticos, medios de comunicación, plataformas digitales y defensores de derechos humanos.

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