La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado argentino por la violación a los derechos de las víctimas del atentado a la AMIA, ocurrido hace casi 30 años, al no haberlo esclarecido. El fallo del tribunal se basó en la aceptación por parte de los gobiernos de Néstor Kirchner y Alberto Fernández de las “múltiples falencias del Estado en la determinación de la verdad histórica sobre el atentado y su responsabilidad directa en las maniobras de encubrimiento, así como las dificultades que han tenido los familiares de las víctimas del atentado en acceder a la información sobre el caso, vulneraron el derecho a la verdad”.
“Las faltas del Estado a su deber de investigar, las dilaciones injustificadas al proceso y, en general, la falta de esclarecimiento y la situación de impunidad, han provocado en los familiares de las víctimas sentimientos de angustia, tristeza y frustración”, sostiene la resolución, que ordena al Estado a indemnizar a las víctimas.
El fallo se da a un mes de que se cumplan 30 años del atentado contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) en el barrio de Once, en el que murieron 85 personas. El 18 de julio de 1994, a las 9:53, una camioneta Trafic subió a la vereda e impactó contra el frente del edificio de la calle Pasteur 633. En su interior, llevaba una combinación de nitrato de amonio -con el agregado para potenciar el nivel de destrucción de aluminio-, un hidrocarburo pesado, trinitrotolueno (TNT) y nitroglicerina. La carga explosiva fue similar a unos 300 o 400 kilos de TNT.
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En estas tres décadas, hubo varios juicios: el primero, contra la llamada conexión local, que tuvo a un grupo de policías bonaerenses en el banquillo de los acusados por haber provisto la camioneta utilizada en el atentado. Ese juicio terminó con todos absueltos: el tribunal sostuvo que la acusación nació de un pago “espurio e ilegal” ordenada desde el juzgado y la entonces Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), luego de la declaración del primer detenido que tuvo el caso, el reducidor de autos Carlos Telleldín. Fue allí que el gobierno de Néstor Kirchner firmó un decreto en 2005 en el que reconocía la responsabilidad del Estado argentino por no haber esclarecido ni haber prevenido el atentado terrorista y se comprometía a tomar una serie de medidas para cumplir sus obligaciones.
Ante los incumplimientos, Memoria Activa promovió la causa, que en marzo de 2021 la CIDH elevó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos "debido al incumplimiento de las recomendaciones de la CIDH por parte del Estado argentino”.
Entre 2015 y 2019, otro tribunal llevó adelante el juicio por el encubrimiento en la investigación,donde resultaron condenados el ex juez de la causa Juan José Galeano, los ex fiscales y el ex titular de la central de inteligencia, Hugo Anzorreguy, entre otros, además del propio Telleldín que había recibido el pago de 400 mil dólares en la previa al segundo aniversario del atentado.
En abril de este año, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la mayoría de las condenas por las irregularidades cometidas al inicio de la investigación, aunque modificó las penas en algunos casos y en otros el delito investigado. El ex juez Galeano quedó condenado a cuatro años, mientras que la sentencia para los ex fiscales Eamon Müllen y José Barbaccia quedó en dos años de prisión. Además, confirmó la absolución de Telleldín, en un fallo en donde el voto del juez Carlos Mahiques sostuvo que el ataque contra la embajada de Israel en marzo de 1992 y la bomba que hizo explotar la sede de la AMIA el 18 de julio de 1994 “respondieron a un designio político y estratégico” de la República Islámica de Irán y ambos atentados fueron ejecutados por la organización terrorista Hezbollah. El fallo sostuvo además que la voladura de la AMIA fue un crimen de “lesa humanidad” y abrió la puerta para la Argentina demande formalmente a Irán.
En 2022, la funcionaria del Ministerio de Justicia de la gestión de Alberto Fernández acompañó el reclamo de Memoria Activa y el CELS al hablar ante la Corte Interamericana. Acusó a “quienes estaban a cargo del poder público: fiscales, juez, fuerzas de seguridad, agentes de inteligencia y el Poder Ejecutivo de entonces tomaron la decisión de encubrir la verdad y torcer la investigación, acusando a inocentes y resguardando a personajes cercanos al gobierno”. Para el Ministerio de Justicia de la gestión pasada, el gobierno de Carlos Menem buscó desviar la pista que conducía a Alberto Kanoore Edul, oriundo del pueblo de donde nació la familia del ex presidente Carlos Menem. La llamada pista siria no se corroboró en el juicio oral, que culminó en 2019 y en el que el ex presidente, ya fallecido, fue absuelto. Esa decisión fue ratificada por mayoría en Casación en abril pasado.
En el fallo de hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos consideró que "el Estado incurrió en una falta grave a su deber de investigar uno de los mayores atentados terroristas en la historia de la región". Para el tibunal, no se manejaron bien las pruebas ni la escena del hecho, además de haber falencias en la conducción de la investigación. "Además, se comprobaron una serie de maniobras realizadas por agentes estatales con el fin de obstaculizar la investigación y encubrir a los verdaderos autores, los cuales, a la fecha, no han podido ser identificados, juzgados y eventualmente sancionados". Ese encubrimiento generó "un nuevo deber del Estado de investigar y sancionar a los responsables de este encubrimiento, deber que tampoco ha sido ejecutado de manera diligente ni en un plazo razonable”.
“Por todo lo anterior, a casi 30 años del atentado todavía no se tiene claridad sobre lo acontecido, sus responsables, ni las razones por las cuales el Estado utilizó su aparato judicial para encubrir y obstaculizar la investigación. De esta forma, la Corte considera que el Estado es responsable por la violación”, sostuvo la sentencia.
En el fallo, la Corte dispuso la obligación de investigar: el Estado argentino debe, de forma inmediata, remover todos los obstáculos que mantienen la impunidad en este caso e iniciar, continuar, impulsar y/o reabrir las investigaciones que sean necesarias para individualizar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos, su encubrimiento y, así, poder establecer la verdad de lo ocurrido, todo ello en un plazo razonable.
También dispuso que se publique la sentencia y su resumen, se realice "un acto público de reconocimiento y un documental audiovisual sobre los hechos del presente caso", y la creación de un archivo histórico accesible a todo el público sobre los hechos del atentado, la investigación, su encubrimiento y el rol de las asociaciones de víctimas.
También, e Estado debe regular la incorporación como evidencia judicial de información de inteligencia y desarrollAr un programa de capacitación sobre su utilización. Además, se ordenó "dar pleno acceso a las víctimas y a los querellantes a todas las investigaciones e información vinculada con el atentado y su encubrimiento". Se dispuso que la totalidad de los archivos sean ubicados en un mismo espacio físico, donde se garantice su correcta conservación. Por último, se ordenó que se implemente la creación de un área de análisis de la información de inteligencia desclasificada.
Por último, dispuso que se paguen las sumas monetarias fijadas en la sentencia por los conceptos relativos al daño material e inmaterial y el reintegro de costas y gastos.