23 de enero 2025 - 8:35hs

A través de la Disposición 457/2025, el organismo revisor informó que el condimento carecía de registros de establecimiento y de producto, además de estar falsamente rotulado al exhibir un número de RNE perteneciente a otra institución y un RNPA inexistente.

"Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el registro sanitario RNPA N° 02-00019, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia ilegales", amplió la ANMAT en el artículo 2° del texto publicado en la edición del Boletín Oficial (BORA).

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¿Cuál es el condimento prohibido por la ANMAT?

La ANMAT prohibió este jueves la comercialización del Provenzal Especial bajo el RNE: 02-033001 y RNPA: 02-00019.

La alerta sanitaria se activó a partir de una notificación proveniente del Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos, en relación a una denuncia por la comercialización del producto rotulado como “Provenzal Especial, Peso neto: 1 kg, Lote: 00019, Codigo int: 0019, Fecha elaboración: 08/24, Vencimiento: un año a partir de la fecha de elaboración, RNE: 02-033001, RNPA: 02-00019”, que no cumplía con la normativa alimentaria vigente.

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Al exponer la consulta, la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires informó que el RNE pertenece a otro establecimiento con registro vigente en el rubro elaboración de “Alimentos Farináceos, Cereales Harinas y Derivados” en la categoría “Galletitas y Bizcochos”, y que el RNPA resultó inexistente. A su vez, el ICAB informó que la Municipalidad de la localidad de San Benito constató la comercialización del artículo y aportó una factura que acreditó su origen.

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