Cuatro de los 24 organismos públicos uruguayos declararon una política formal aprobada por jerarcas para el uso de inteligencia artificial generativa. En el resto, cada funcionario decide sin reglas escritas qué información custodiada por el Estado puede copiar y pegar en ChatGPT, Gemini, Claude o Copilot.
La investigación periodística, publicada la semana pasada por Gabriel Farías y Miguel Ángel Dobrich en su portal Amenaza Roboto, se apoyó en 24 solicitudes de acceso a la información pública. En total, 19 organismos respondieron entre fines de mayo y julio de 2026, cuatro invocaron excepciones de la Ley N.º 18.381 y el Ministerio del Interior dejó vencer el plazo legal.
Los cuatro que declararon política formal son el Banco de Previsión Social (BPS), Ceibal, el Banco Central (BCU) y la Universidad de la República (Udelar). La Universidad aclaró en la misma respuesta que su Consejo Directivo Central aprobó el 26 de mayo de 2026 principios rectores y una hoja de ruta, pero que todavía no cuenta con "instructivos o guías institucionales concretos y exhaustivos". La UTEC informó un instructivo de área y otros ocho dijeron estar elaborando un documento.
Sobre qué datos pueden cargarse, cuatro declararon una clasificación documentada, ocho indicaciones generales y cinco criterios todavía por definir.
Dos respuestas quedaron abiertas a interpretación. AGESIC declaró una clasificación pero no la adjuntó: se remitió a las leyes de Protección de Datos Personales y de Acceso a la Información Pública. Y ANCAP entregó una política aprobada en 2018, anterior a la aparición pública de los asistentes generativos y sin referencias a inteligencia artificial.
El BCU remitió la Resolución D-182-2023, que clasifica información para tramitar pedidos de acceso público y no regula qué puede introducirse en un asistente. El BPS no aportó la clasificación que declaró.
El decálogo interno de Ceibal es la regla más concreta del relevamiento. Exige usar la cuenta institucional, prohíbe cargar contraseñas, credenciales, código fuente propietario, datos financieros y datos personales de estudiantes, docentes y funcionarios. No tiene membrete, fecha ni identifica a la autoridad que lo aprobó.
Matías Jackson, abogado especializado en sistemas de información y asesor jurídico de la investigación, señaló que el artículo 31 de la Ley N.º 18.381 considera falta grave el uso indebido de información bajo custodia del funcionario. "El funcionario puede estar sujeto a sanciones y el Estado a responsabilidad por su actuación", explicó.
El Estado sabe que la IA se usa, pero casi no registra qué se carga
Nueve organismos dijeron tener constancia de que sus funcionarios usan asistentes generativos: ANCAP, ANDE, ANII, BPS, BCU, Ceibal, MIDES, Ministerio de Ambiente y UTEC. Otros seis presumen ese uso y tres no relevaron el tema. Ningún organismo marcó la opción "tenemos constancia de que el uso no ocurre".
Agesic, que coordina la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024-2030, respondió que todavía no había relevado si sus propios funcionarios usan estas herramientas.
Entre las medidas declaradas, ocho organismos ofrecen una alternativa institucional y cuatro tienen canal de reporte de incidentes. Un solo organismo, el BPS, informó monitoreo o prevención de fuga de datos. Ninguno bloquea técnicamente los dominios. La capacitación es lo más extendido: once informaron actividades de formación.
Nueve declararon que la gobernanza de IA estaba asignada a una persona o un área, tres aportaron un responsable localizable y ninguno acreditó la designación mediante un acto administrativo.