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La Dirección General Impositiva (DGI) establece en qué fechas los contribuyentes deben presentar la declaración jurada del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) referidas a la campaña 2026, pero correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

La obligatoriedad del trámite dependerá del nivel de ingresos y de la situación laboral de cada contribuyente.

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Los plazos que fijó la DGI para presentar la declaración se mantienen

La campaña de asistencia personalizada de IRPF comenzó el 29 de junio y finalizará el 31 de agosto de 2026, informó la DGI.

Ese mismo 31 de agosto vencerá el plazo para presentar la declaración jurada.

La DGI recordó que brinda asistencia presencial y telefónica para quienes necesiten ayuda durante el proceso.

Quiénes están obligados a presentar declaración jurada de IRPF

Trabajadores dependientes:

Trabajadores independientes:

Están obligados a presentar declaración jurada de IRPF los trabajadores profesionales y no profesionales que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el año 2025 y no hayan tributado IRAE por esas rentas.

Estos contribuyentes deberán presentar el formulario 1102, si opta por declarar en forma individual, o el formulario 1103 si declara como núcleo familiar.

Además, deberán presentar el formulario 1302 para declarar el IVA servicios personales, salvo que en su declaración del IRPF no hayan declarado este tipo de rentas, según Resolución DGI Nº 283/017.

Quienes obtuvieron rentas de capital:

Están obligados a presentar declaración jurada de IRPF por rentas de capital:

Temas:

IRPF declaración jurada DGI

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