14 de noviembre 2025 - 12:20hs

La situación judicial de Íñigo Errejón dio este viernes un giro decisivo. El juez Adolfo Carretero, titular del Juzgado de Instrucción Nº 47 de Madrid, resolvió procesar al exdiputado por un presunto delito de agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá, al entender que existen indicios suficientes para continuar el procedimiento y acercar la causa a un eventual juicio oral.

La resolución se conoce tras casi un año de investigación y después de que ambos declararan ante el magistrado. Según el auto, la declaración de Mouliaá cumple los criterios de credibilidad establecidos por el Tribunal Supremo, un punto clave en causas sin testigos presenciales.

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Una instrucción que apunta a tres episodios

El juez recoge en su resolución el relato de la actriz, quien describe tres episodios de índole sexual que, en conjunto, podrían configurar un delito continuado contra la libertad sexual.

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Los hechos se remontan a octubre de 2021 e incluyen, según la denunciante, un beso sin consentimiento y posteriores tocamientos tanto en una fiesta como en el domicilio del exlíder de Más Madrid.

Errejón ha reconocido parte de los contactos, pero sostiene que todos se produjeron con consentimiento. Además, presentó mensajes posteriores de WhatsApp para intentar desacreditar la denuncia, que —según su defensa— respondería a un “afán de notoriedad” de la actriz.

Peritajes y señales de impacto emocional

El auto también detalla los informes psicológicos y psiquiátricos incorporados a la causa. Un terapeuta que atendió a Mouliaá días después de los hechos habló de ansiedad asociada a “un problema con un famoso político”. Un psiquiatra forense concluyó que la actriz presenta estrés postraumático compatible con un abuso sexual pasado.

La defensa aportó un contradictamen que pone en duda esa conclusión, aunque el juez destacó que dicho perito no entrevistó personalmente a la denunciante.

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Elisa Mouliáa

Un paso más hacia el banquillo

Para el magistrado, los indicios reunidos “no han sido totalmente desvirtuados”. Por ello, dicta procedimiento abreviado y concede un plazo de diez días al Ministerio Fiscal y a la acusación particular para presentar escrito de acusación o pedir el sobreseimiento.

La decisión también habilita a las partes a interponer recursos de reforma o apelación; sin embargo, en términos judiciales supone un avance significativo: Errejón está ahora más cerca del banquillo.

FUENTE: El Observador

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