Matrimonio.
Matrimonio.
Se define como “la unión permanente entre dos personas de igual o distinto sexo”. Se elimina toda referencia a “marido y mujer” y se habla de “contrayentes” y “cónyugues”
Separación.
Entre las causales de separación se establece que existirá adulterio cuando se hubiera mantenido relaciones sexuales fuera del matrimonio con personas del mismo o diferente sexo. También se fijará una pensión alimenticia si el matrimonio hubiera durado al menos un año y se prueba que en la distribución de tareas entre los cónyuges, a uno de ellos le hubiera correspondido las tareas dentro del hogar.
Adopción
En los casos de adopción por parte de parejas homosexuales, cónyuges o concubinos entre sí, el hijo sustituirá sus apellidos por los de los padres adoptantes.
Apellidos
El hijo “habido dentro del matrimonio homosexual llevará los apellidos de sus padres en el orden que ellos opten expresamente. En caso de no existir acuerdo, el orden se determinará por sorteo al momento de la inscripción, realizado por el Oficial de Estado Civil”. Los matrimonios heterosexuales también podrán elegir el orden de los apellidos que le pondrán a sus hijos. Una vez que decidan en el primer hijo perdurará para los siguientes.