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El proyecto de ley oficial tendente a gravar las extensiones de tierra superiores a las 2.000 hectáreas recibió objeciones constitucionales desde el ámbito jurídico, donde predomina la opinión de que el Estado deberá asumir “responsabilidades” por garantizar el mantenimiento del sistema tributario a una empresa forestadora en particular.

Esas opiniones coinciden con las opiniones de la oposición y, en alguna medida, con parte del astorismo, que perdió la pulseada con el equipo económico alternativo al Ministerio de Economía y Finanzas, representado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el asesor Pedro Buonomo.

Las objeciones técnicas refieren a que el proyecto destina el producto del impuesto a las intendencias, a los efectos de realizar obras de caminería rural. Los especialistas dicen que la creación de impuestos en el ámbito municipal está reservada por la Constitución a las intendencias.

Los juristas consultados por El Observador entienden que la eliminación de beneficios
tributarios a la producción forestal para aplicar el impuesto es legal. Sin embargo, ello tendrá impacto en la ecuación económica de las empresas y puede ameritar acciones legales.

El experto tributarista del estudio CPA Ferrere, Alberto Varela, consideró que el texto es “claramente inconstitucional” por entender que es un impuesto nacional con destino a las distintas intendencias. “El artículo 297 de la Constitución establece que la Contribución Inmobiliaria es fuente exclusiva de los gobiernos departamentales y sólo ellos pueden crear impuestos en el dominio municipal”, dijo.

Varela indicó que el gobierno podría haber planteado un adicional a la Contribución, como el Impuesto de Primaria, pero entendió que la propuesta está lejos de esa alternativa. Agregó que el gasto de la recaudación podrá realizarse en áreas geográficas distintas a las de recaudación.

Su colega Carlos Loaiza Keel, del estudio Olivera Abogados, también se refirió al punto en que la recaudación será integrada a un fondo administrado por la OPP y las intendencias. Indicó que la letra del proyecto no significa una inconstitucionalidad, por entender que el Estado puede aplicar un impuesto a los inmuebles rurales y destinarlo al ámbito municipal. Pero consideró que en su aplicación resultará obvia la transferencia de recursos entre municipios y dijo que ello configura “un fraude” a la Constitución.

“La Constitución determina que todos los impuestos a la propiedad rural tienen como sujeto activo a cada gobierno departamental y el destino es cada intendencia. El proyecto eso lo respeta, pero crea un fondo con esos recursos y podría distribuir fondos para otros municipios”.

Las preocupaciones

Alejandro Sánchez, diputado del MPP que integra la Comisión de Hacienda a cargo de estudiar el proyecto, informó que el gobierno tuvo “especial preocupación en redactar el proyecto de manera que Montes del Plata y otras forestales que gozan de exoneraciones tributarias genéricas, igual paguen este impuesto”.
El senador colorado José Amorín dijo que “el proyecto es de una grosera inconstitucionalidad” y que eso es lo primero que debe mirar el Parlamento. El Nuevo Espacio también tiene dudas constitucionales sobre el proyecto.

El líder de Vamos Uruguay, Pedro Bordaberry, marcó lo que considera una contradicción al señalar que mientras se aplica un nuevo impuesto a las tierras, un acuerdo “secreto” garantiza a Montes del Plata una “compensación”. Dijo que el director de OPP, Gabriel Frugoni, “está mintiendo cuando dice que Montes del Plata va a pagar”.

La diputada blanca Ana Lía Piñeyrúa dijo que “en medio de una bonanza económica y que duplicó su recaudación, no se pueden votar más impuestos que, además, alteran las reglas para los inversores”.

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