Partido a puertas cerradas y multas: Danubio, Defensor y Boston River recibieron sanciones por incidentes
La Comisión Disciplinaria de la AUF dio a conocer los castigos por los incidentes ocurridos en los partidos Boston River - Defensor y Defensor - Danubio; mirá los hechos y las sanciones
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29 de julio de 2022 a las 10:42
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La Comisión Disciplinaria de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) dio a conocer los fallos por los incidentes ocurridos en los partidos Boston River - Defensor Sporting y Defensor Sporting - Danubio de las últimas fechas del Torneo Intermedio.
Los castigos incluyen cierre de canchas y también multas económicas.
Por el partido Boston River - Defensor Sporting, jugado el 10 de julio en el estadio Juan Antonio Lavalleja de Flores, se dispuso multas económicas para ambas instituciones.
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La Comisión Disciplinaria falló y determinó la existencia de responsabilidad objetiva de parte de Defensor Sporting Club y del Club Atlético Boston River SAD.
A Boston River, local en ese partido, le aplicó una muta de 100 UR (unidades reajustables), lo que en pesos serían unos $ 135.000.
Mientras que a Defensor se lo multó con 75 UR, unos $ 100.000.
Danubio a puertas cerradas
El otro partido por el que intervino la Comisión Disciplinaria fue el Defensor - Danubio del pasado 17 de julio en el Franzini, que en el final tuvo roturas de la tribuna en el sector visitante.
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Se determinó la existencia de responsabilidad objetiva de parte de ambos clubes.
A Defensor Sporting Club se lo sancionó con una amonestación, en base al artículo 14.1 literal b que refiere a “reprensión, amonestación o apercibimiento”.
Mientras que a Danubio se lo castigó con la prohibición de jugar un partido, el siguiente a la promulgación del fallo, en que oficie de locatario a puertas cerradas.
Eso será este domingo, cuando los franjeados sean locales en Jardines ante Cerrito por la primera fecha del Clausura.
“Se sugiere y faculta a la Mesa Ejecutiva al amparo de lo dispuesto por el artículo 5.2 in fine del Código Disciplinario, la adopción de medidas conducentes a la no afectación de derechos de terceras instituciones que se enfrenten al sancionado durante la suspensión dispuesta”, agrega el fallo.
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