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El miércoles próximo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) podría dar un paso fundamental en el ámbito de la Unión Europea (UE) cuando la corte, con sede en la ciudad de Estrasburgo, se aboque a considerar la demanda presentada por seis jóvenes portugueses que procuran llevar al banquillo de los acusados a 32 países del continente por su “inacción climática” frente el calentamiento global.

El caso, que según los especialistas en derecho ambiental es de “gran importancia” para la jurisdicción europea y “único” por el gran número de estados involucrados, podría crear precedentes. La decisión del TEDH, sin embargo, se conocerá recién dentro unos meses, pero su evolución será seguida de cerca debido a la explosión de demandas relacionadas con el clima en todo el mundo.

“Los fallos del tribunal son vinculantes para los 46 países miembros del Consejo de Europa y sientan jurisprudencia. Desde un punto de vista jurídico, una sentencia favorable cambiará las cosas y acelerará los esfuerzos para disminuir el cambio climático”, explica con optimismo Gerry Liston, uno de los abogados de los demandantes e integrante de la Red Global de Acción Legal (GLAN, por sus siglas en inglés).

La admisibilidad, el primer paso

Los seis jóvenes, de entre 11 y 24 años, decidieron actuar luego de los dramáticos incendios de 2017, que quemaron decenas de miles de hectáreas y dejaron más de 100 muertos en la región central de Portugal, luego de una intensa ola de calor que se prolongó varios días.

“Los jóvenes temen por su salud y dicen sufrir de ‘ansiedad frente a las catástrofes naturales y la perspectiva de vivir en un clima cada vez más cálido’", comunicó en una muy apretada síntesis el TEDH, tribunal que nunca se ha pronunciado sobre las obligaciones de los miembros del Consejo de Europa sobre la cuestión.

Según los abogados de GLAN, los jueces examinarán primero la admisibilidad del requerimiento, lo que implica que pueden desestimarlo sin abocarse a la cuestión de fondo, admisibilidad que sin embargo será objeto de muchos debates. La razón: el procedimiento normal implica agotar primero los recursos ante los tribunales de los países demandantes. Los jóvenes, no obstante, recurrieron directamente al TEDH argumentando "la carga excesiva y desproporcionada" de iniciar 32 procesos separados en 32 países.

"David contra Goliat"

“Se trata de una audiencia sin precedentes por su alcance y sus consecuencias", opina Gearoid O’Cuinn, director de GLAN, para quien este caso, una historia de "David contra Goliat", supera el marco europeo. "Nunca tantos países tuvieron que defenderse ante un tribunal, en ninguna parte del mundo", dice O’Cuinn con relación a los estados europeos, algunos de los cuales son de los que más contribuyen al cambio climático con sus emisiones de CO2.

"Los gobiernos en el mundo tienen el poder de parar el calentamiento global y los europeos tomaron la decisión de no hacerlo", critica Catarina dos Santos Mota, una de las demandantes de 23 años, que quiere sentar ante el TEDH a los 27 países de la UE, pero también a otros países, como Rusia, Turquía, Suiza, Noruega y Reino Unido. No así a Ucrania, inicialmente incluida en la demanda, pero dejada de lado luego del inicio de la guerra con Rusia.

La iniciativa, según sus impulsores, se fundamenta en varios textos internacionales sobre el cambio climático, como el acuerdo de París de 2015 y la Convención Europea de Derechos Humanos. "Creo realmente que este caso cambiará el mundo", afirma Agostinho, la mayor de los demandantes.

Dos demandas pendientes

El caso, presentado ante el tribunal en 2020, no es el único en la UE. En 2016, las llamadas “KlimaSeniorinnen”, un grupo de más 2.000 mujeres suizas mayores de 65 años que cuentan con el apoyo de Greenpeace, iniciaron un litigio climático contra el estado helvético. Rechazado por la justicia del país, el grupo de presentó ante el TEDH en otro caso que podría sentar precedentes.

El argumento central de la demanda es el mismo que el planteado por los jóvenes lusos. La inacción frente al cambio climático. La diferencia reside en que de encontrar una resolución favorable, la decisión del tribunal sólo afectará el estado de Suiza, que debería reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

Este caso, lo que está en el centro de la cuestión es la interpretación y alcance de los derechos humanos. Aunque estado de Suiza es el único demandado en la causa, los juristas señalan que si el TEDH falla a favor de las “Klimaseniorinnen”, otros estados podrían resultar condenados de allí en más por vulnerar los derechos de las generaciones presentes y futuras debido a su falta de ambición en la lucha contra el calentamiento global.

Actualmente, hay más de 600 procesos climáticos abiertos en todo el mundo. Estados Unidos, Canadá, Alemania, Bélgica, Irlanda y Nueva Zelanda son apenas algunos de los países que enfrentan demandas.

La tercera demanda pendiente de resolución en el TEDH, conocida como “Carême contra Francia”, se originó en la denuncia de un residente y exalcalde del municipio de Grande-Synthe, que sostiene que su país no ha tomado medidas suficientes para prevenir el cambio climático, y que el incumplimiento implica “una violación del derecho a la vida y el derecho al respeto de la vida privada y familiar”.

Avances significativos

Para los abogados y ambientalistas que impulsan las demandas, el cambio climático es una cuestión de derechos humanos. Argumentan que todas las personas deberían poder vivir de manera digna. No obstante, la crisis climática genera muertes y la pérdida de medios de subsistencia, lenguas y culturas; además de poner a muchas personas en riesgo de sufrir escasez alimentaria e hídrica, y de desencadenar desplazamientos y conflictos.

“En la actualidad, los actores que menos contribuyeron a la crisis climática se ven perjudicados de manera desproporcionada. Desde la perspectiva de la justicia climática, las responsabilidades deberían dividirse en función del grado en que se haya contribuido al problema mediante un enfoque que aborde las desigualdades sistémicas, socioeconómicas e intergeneracionales”, según el  Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

El organismo, sin embargo, advierte que existen numerosos retos a los que se enfrentan los países, las comunidades y las organizaciones civiles en para lograr justicia climática. Uno de ellos es la reticencia de los tribunales nacionales e internacionales. También la escasa transparencia en la negociaciones globales y la resistencia de los gobierno a incluir a las organizaciones civiles, además de las condiciones de inseguridad en la que viven muchos de los afectados en forma directa.

Los expertos, no obstante, destacan algunos avances. Uno de ellos es la resolución aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas (ONU), que en marzo pasado solicitó a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitir una opinión consultiva sobre las obligaciones de los países frente al cambio climático por iniciativa del Estado insular de Vanuatu, país que sufre algunas de las consecuencias más graves del calentamiento global.

La presentación, que sigue a la espera de una resolución del CIJ, se baba en el derecho internacional que debería proteger el clima del planeta. La resolución, además, consulta al tribunal sobre las consecuencias jurídicas que conlleva el hecho de causar daños significativos al sistema climático, especialmente en los casos de los pequeños Estados insulares para las generaciones presentes y futuras.

“La justicia climática puede tener diferentes significados. Se trata de un concepto que generalmente se interpreta como respaldado por los principios de equidad, no discriminación, participación igualitaria, transparencia, imparcialidad, responsabilidad y acceso a la justicia”, explica Andy Raine, jefe de la División Jurídica del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).

Al igual que otros expertos en derecho ambiental, Raine destaca que las demandas presentadas antes los tribunales internacionales, como el CIJ y el TEDH, constituyen avances significativos.

“Los casos invitan a mirar más allá del Acuerdo de París porque hacen referencia explícita a instrumentos clave en materia de derechos humanos al considerar un clima seguro como un elemento vital del derecho a un medio ambiente sano, esencial para la vida y el bienestar humanos”, subraya el funcionario del PNUMA.

En lo inmediato, el derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible está reconocido legalmente en 156 países de todo el mundo.  Además, el año pasado, la Asamblea General de la ONU lo reconoció formalmente por primera vez a nivel internacional. Como consecuencia, cada vez se registran más sentencias en todo el mundo sobre el cambio climático y el medio ambiente.

(Con información de AFP, Greenpeace y PNUD)

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